Diálogo Centroamericano para la Paz y la Desmilitarización

Diálogo Centro-
americano

San José, Costa Rica
No. 28
Febrero-Marzo 1998
 

Panel IV:

La Policía ante los nuevos retos del Sistema Penal Costarricense

Participaron Elías Carranza del Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente (ILANUD), Marino Sagot Somarribas, Director del Instituto de Criminología ; Marco Vinicio Fournier, del Instituto de Investigaciones Psicológicas de la Universidad de Costa Rica, y Carlos Arias, Fiscal General de la República.


Aumentan delitos

Elías Carranza expuso algunos resultados sobre un estudio que realizó para el Informe del Estado de la Nación sobre delitos y la seguridad de los habitantes. Afirmó que "en los últimos años se ha producido una sostenible tendencia ascendente en las tasas globales de delitos contra la propiedad, proceso que se interrumpió en 1995 y 1996". Sin embargo, se trata de un "descenso engañoso" en las cifras oficiales, pues en ese momento se dejaron de recibir en el OIJ las denuncias de contravenciones y solamente las de delitos, calificando como contravenciones o delitos según el monto de los sustraído. Sin embargo, si se hiciera un estudio criminológico, se determinaría que ha continuado aumentando la cifra de delitos contra la propiedad.

Donde sí hubo un descenso es en la cantidad de hurtos y robos de medios de transporte (automóviles, motocicletas y bicicletas), lo cual se debe principalmente a la acción sostenida que han venido realizando en esta materia las policías de seguridad pública y de investigación judicial.

Pero en los delitos contra la vida se muestra un ascenso, al pasar de una tasa de 187 por cada 100.000 habitantes en 1983, a una de 337 en 1995, y que prácticamente se mantuvo inalterada en 1996, con una tasa de 336. Se trata de la tasa global de todos los delitos contra la vida que aparecen en el Código Penal: agresiones, aborto, lesiones culposas y homicidios. Sin embargo, si se analiza con detenimiento el comportamiento de cada categoría de delitos, se puede contribuir a orientar adecuadamente las políticas social y criminológicas que se requieren. Por ejemplo el delito de agresión tiene gran peso dentro de los delitos contra la vida, pues si se incluye la tasa global se eleva notablemente: 184 y 194 por cada 100,000 habitantes en los años 1995 y 1996, respectivamente; pero se mantiene prácticamente estable y no manifiesta aumento si se excluye del cálculo, resultando en 61 y 63 para esos mismos años. Al igual que la agresión, la tentativa de homicidio ha aumentado su frecuencia en los últimos años. "Son las distintas formas de agresión las que disparan la tasa notablemente. Es un indicador importante de lo que está pasando en el país, en el sentido de mayor violencia y agresividad", explicó.

La tasa de homicidios no había variado realmente hasta el año 1994. En 1980, empieza con 4.4 homicidios por cada 100.000 habitantes, tasa que se mantiene en 1993.

Algo interesante es que en 1994 se duplicó la duración máxima de las penas para todos los delitos de homicidio y sexuales, que pasó de 25 a 50 años, y fue ese año cuando se llegó a la tasa de 5.4, la más alta en los últimos 15 años, y que se mantuvo en 1995 y 1996.

"Ello demuestra que no es con penas más altas ni con penas de muerte como vamos a solucionar la cosa. Simplemente la tasa del homicidios no tiene nada que ver con lo que los legisladores decían respecto al monto máximo de la pena", afirmó Carranza.

Según dijo, se ha encontrado una explicación para el aumento en los homicidios, relacionada con el incremento en el acceso a las armas de fuego. Detalló que "en 1990, las víctimas de homicidios por arma de fuego representaban el 30 por ciento, pero para el año 1996 las muertes representaron el 51 por ciento". Recordó que entre 1990 y 1996 se pasó de 146 a 195 muertes, es decir, 39 más, de las cuales, 45 fueron por arma de fuego.

Insistió en "la urgente necesidad de modificar la Ley de Armas, que permitió un mayor acceso a las familias costarricenses a esos artefactos".

Según esa ley, una familia promedio, integrada por cuatro personas, con dos hijos mayores de 18 años, puede tener una docena de armas. La Ley dice que cada persona puede por lo menos tener tres armas calibre 9 mm. o 45 mm, explicó.

Dijo que hay países como Inglaterra, Gales, España, Italia, Reino Unido y Japón que promueven la reducción de armas, y tienen menos de dos homicidios por 100.000 habitantes. Otros, como Estados Unidos, que promueven la venta de armas, tienen tasas de 9 por 100.000. "Costa Rica, con una tasa de 4.5 va hacia este modelo, que es equivocado. Debemos reducir la venta de armas a la población", advirtió Carranza.

Armas en Costa Rica

1989-1997

Año 1989 1990 1991 1992 1993 1994 1995
Armas matriculadas 1.805 1.963 2.543 2.680 3.234 4.431 3.786
Permisos por primera vez 3.174 3.232 3.657 4.122 4.180 5.966 9.386
Renovación de permisos 2.756 2.377 3.803 4.356 4.522 3.948 4.325
Importación por negocios comerciales 410 3.490 3.160 6.349 7.189 8.202 6.102
Decomisos 112 248 239 221 167 202  

FUENTE : Elaboración Diálogo Centroamericano sobre datos del Departamento de Control de Armas y Explosivos del Ministerio de Seguridad de Costa Rica. Marzo 1998. Los permisos por primera vez y renovación se refieren a portación de armas.

Sobrepoblación Penitenciaria

Marino Sagot centró su presentación sobre el trabajo de la Policía Penitenciaria. En cuanto al tratamiento de los privados de libertad, se tiene un marco jurídico establecido por la Constitución, por el Código Penal en su artículo 51, que establece que le corresponde al Poder Ejecutivo la ejecución de las penas de prisión, por la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Gracia, la Ley General de Adaptación Social, y por 2 decretos ejecutivos que tienen 4 años de vigencia, en los que se establece la Dirección de Adaptación Social así como los derechos y los deberes de los privados de libertad.

En uno de estos decretos se establecen los diferentes niveles de atención en los cuales se puede ubicar a una persona privada de libertad: 3 niveles en el caso de personas adultas y un cuarto nivel para quienes están sujetos a la Ley de Justicia Penal Juvenil. El nivel de institución nacional se constituye en el proceso donde se incrementan las acciones y estrategias, dirigidas a las privados y privadas de libertad que se encuentran ubicados en centros de mayor contención, por requerir, dadas sus características, su segregación transitoria de la ciudad. Esto sucede con lo que conocemos como centros institucionales o cerrados, que son la mayoría de la población. "La mayoría de la población está ubicada en ese nivel, en esos centros que son 14 en todo el país".

También está el nivel de atención semi-institucional, en donde las personas se ubican en dos clases de centros. Hay centros en los cuales hay una fuente laboral, ya que son agrícolas, por ejemplo el centro San Luis en Santo Domingo de Heredia, o Nicoya y Pérez Zeledón. Ahí las personas laboran en el interior y salen los fines de semana. También dentro de esos centros contamos con personas que laboran con patronos externos y se presentan a pernoctar.

Cuando la persona ha concluido su programa de adaptación técnica, está el nivel de atención de la comunidad, en donde la persona tiene presentaciones con el fin de ver cual es su comportamiento, y los funcionarios que pertenecen al nivel de atención y comunidad les hacen visitas periódicamente, tanto a su trabajo como al hogar.

Por último está el nivel de niños y adolescentes, establecido en el decreto, el cual contempla la atención especializada que establece la Ley de Justicia Penal. En este momento existen dos centros en el país para niños y adolescentes, uno para hombres y otro para mujeres. Asimismo, se establecen las sanciones alternativas.

Sagot explicó que cuando una persona ingresa a un centro penitenciario se establece un plan de atención técnica, en el cual se le fijan las diferentes áreas que requieren de mayor o menor atención y así podrá ser atendido por los funcionarios técnicos de los establecimientos. Existen áreas como la educativa, el área jurídica, área de salud, de seguridad, que son necesidades básicas de las personas y que en todo momento tratan de reforzarse.

Dentro de las áreas también que están establecidas por el decreto, se encuentra la de capacitación y trabajo de atención a la persona. Esto también le hace merecedor de un importante beneficio que establece la actual Ley Penal, como lo es descuento de las penas establecido en el artículo 55. También hay otras áreas como la comunitaria y de convivencia y otras igualmente importantes, como la atención a la drogadicción y la violencia.

En cuanto al presupuesto, en 1996, al Ministerio de Justicia tan sólo le correspondía el 16 por ciento del total de fondos que el Estado invierte en el proceso de la administración de justicia y seguridad ciudadana. En 1997, tiene un crecimiento de un dos por ciento, y se nota un esfuerzo con la construcción de nuevos centros, "ya que la sobrepoblación es bastante y es una realidad que todos los días vivimos en los centros penitenciarios", dijo Sagot.

Detalló que en 1997 se gastaron 618 millones de colones en la construcción de nuevas instalaciones, con lo cual se espera mejorar el problema de la sobrepoblación penitenciaria.

Sagot detalló que hay 5.218 personas ubicadas en los centros penitenciarios, por lo que, sin las nuevas instalaciones construidas, habría un exceso de 2,086 personas, lo cual significaría casi un 50 por ciento de sobrepoblación a nivel nacional. Por ejemplo, en el centro penitenciario La Reforma la capacidad de alojamiento real es para 1877 personas, pero hay 2427, y en el del Centro de San José la capacidad instalada es de 472 y la población es de 1036, situación que se repite a lo largo de todo el país.

Mayor percepción de inseguridad

Marco Vinicio Fournier se refirió al aumento de la violencia y la percepción de inseguridad ciudadana contenidas en un informe que en varias ciudades latinoamericanas patrocinó la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y cuyos primeros datos se divulgaron en 1997. La OPS consideró el problema de la violencia en el continente como un problema de salud pública y con características de epidemia a finales de 1995, de modo que durante 1996 decidió organizar una investigación continental que tratara de fijar lineamientos generales sobre el problema en el continente, y que sirviera de base para establecer programas preventivos. A inicios de este año se llevó a cabo un proceso de recolección de información en 9 ciudades, (8 ciudades en el continente, más Madrid como ciudad control); se utilizó exactamente el mismo cuestionario en toda estas ciudades y la misma metodología.

Costa Rica, según el informe, "ocupa uno de los niveles más bajos en victimización"; solo Santiago de Chile, y Madrid presentan niveles más bajos. Se analizaron 14 tipos de victimización, desde robo, asesinato por chantaje, extorsión, suicidio, etc.

San José resulta ser una de las ciudades más tranquilas del continente. Sin embargo, se observan los niveles más altos respecto a "las actitudes violentas y normas hacia la violencia", dijo Fournier. Costa Rica es de los países más altos en aceptación de la pena de muerte, de la tortura, del abuso policial, de matar en defensa de propiedad o en defensa de la familia, lo cual establece un contraste bastante extraño en principio, expresó.

Explicó que para algunos países utilizaron una escala sobre la sensación de inseguridad y se encontró que, mientras que el índice de victimización más alto era el robo, con un 8 por ciento, el nivel de sensación de inseguridad alcanza el 80 por ciento. "La sensación de inseguridad es 10 veces mayor que la inseguridad real en los niveles de victimización de las personas entrevistadas", indicó Fournier.

Entre las implicaciones, el experto mencionó la tendencia de la población de armarse, que a su vez, ha implicado un aumento en las tasas de homicidios y de los accidentes con armas de fuego. Costa Rica presenta el nivel más alto de posesión de armas en el hogar. Sin embargo, aclaró que para los costarricenses tal vez sea más fácil aceptar ante un encuestador que tiene un arma, muy diferente a la respuesta que se daría en Cali o Medellín, por lo cual los datos pueden estar inflados para Costa Rica, pero el hecho de que aún así ocupe el primer lugar es sumamente preocupante, expresó.

Además, se encuentran actitudes en los costarricenses tendientes a aceptar la pena de muerte o a tomar la ley en sus propias manos. Por otro lado, mientras en Costa Rica la tasa de homicidios es de 5.4 por 100.000 habitantes, en Medellín es de 455 y, sin embargo, encontramos actitudes y tenencia de arma superiores en San José que en Cali o en Caracas, que también tiene niveles de violencia sumamente altos.

Ahora, ¿por qué se da este contraste? ¿Por qué si tenemos tan baja victimización relativa con respecto a otros países, tenemos esa sensación de inseguridad y esa reacción tan violenta?, se preguntó Fournier.

Explicó que se interpretan dos grandes causas. La primera es que la sensación de inseguridad "no es únicamente un fenómeno delincuencial, sino que también se relaciona con la confianza en las fuerzas policiales y de seguridad. Los costarricenses ya no confiamos en la policía, no confiamos en los juzgados, por lo que la probabilidad de que tomemos la ley en nuestras manos es mucho más alta que si tuviéramos una confianza alta en que la persona que de alguna manera nos ha agredido reciba el castigo merecido", dijo.

Por otro lado, el nivel de desconfianza en el sistema también pareciera estar relacionado con el hecho de que el país vivió, durante muchas décadas, niveles de calidad de vida muy altos que garantizaban altos niveles de confianza en el sistema democrático y en el aparato estatal. Esa situación cambió con la crisis económica de los 80, la cual se ha mantenido por década y media, y que derivó en un deterioro de los programas sociales, como la salud y la educación, explicó. Todo esto hace que el costarricense perciba con mayor desilusión la situación del país y que se estimule la sensación de inseguridad.

Esta percepción de mayor inseguridad fue achacada por Fournier al tratamiento de la información por parte de los medios de comunicación. "Desgraciadamente el nivel de actos delictivos que el costarricense ve en los medios es el mismo de, por ejemplo, Caracas, y sin embargo las tasas de delincuencia y las tasas de victimización son muy diferentes. Si el costarricense se enfrenta a la misma frecuencia de información sobre inseguridad, obviamente se siente igual que en Caracas, y eso hace entonces que reaccionemos como si realmente tuviéramos niveles de victimización iguales".

Consideró que debe haber un entrenamiernto especial a los periodistas y algún tipo de control por parte del Estado en cuanto a cantidad y el tipo de contenidos que se presentan, "pues en algunos noticieros se pasan una hora entera hablando de violencia, de asaltos, con un manejo bastante inadecuado. Esto aumenta la sensación de inseguridad y la gente corre a comprar armas y al tener armas es más fácil que se maten entre sí". Fournier recordó que el 78 por ciento de los asesinatos que se producen en el país corresponde a gente conocida entre sí, no son delincuentes. Se da de esta forma un círculo vicioso, donde la sensación de inseguridad genera más violencia.

Mejorar relación

Carlos Arias, Fiscal General, dijo que "la realidad es que en la relación Ministerio Público- Policía, tradicionalmente la investigación policial de los delitos se ha realizado con una escasa participación del Ministerio Público".

La policía no ha podido contar con su asesor jurídico natural, el Ministerio Público, con nefastas consecuencias, entre ellas, comisión de errores y arbitrariedad, uso de procedimientos ilegales, detenciones ilegales, espectaculares golpes a la delincuencia que terminan en fiasco judicial. "En síntesis, daño al desarrollo efectivo del proceso penal y a la vigencia de la legalidad. Y no está de más mencionar el daño a la necesaria confianza y asistencia mutua que debe haber entre la policía y el fiscal", afirmó Arias.

Indica el artículo 32 del nuevo Código procesal Penal, que el Ministerio Público tendrá a su cargo la investigación preparatoria; indica el artículo 62 del mismo código, que el Ministerio Público dirigirá la policía cuando ésta deba prestar auxilio en las labores de investigación, y el artículo 283 indica que los funcionarios de la Policía Judicial que tengan noticia de un delito dentro de las 6 horas siguientes a su primer intervención, informarán al Ministerio Público, y bajo la dirección y control del fiscal encargado de la investigación, practicarán las diligencias preliminares para prevenir los elementos de convicción y evitar la fuga y ocultamiento de los sospechosos. En cuanto a la policía administrativa, señala el artículo 284 que los agentes de policía administrativa serán considerados oficiales o agentes de la Policía Judicial cuando cumplan las funciones que la ley les impone a estos. La policía administrativa en cuanto cumpla actos de policía judicial estará bajo la autoridad de jueces y fiscales, sin perjuicio a la autoridad administrativa a que estén sometidos.

La nueva Ley Orgánica del Ministerio Público, en la Ley de Reorganización Judicial, indica en el artículo cuarto que existirá una comisión permanente, integrada por el Fiscal General de la República, y el director del Organismo de Investigación Judicial, con la finalidad de coordinar funciones y evaluarlas. Indica además que estos funcionarios y los directores de las policías administrativas se reunirán periódicamente para coordinar estrategias y políticas a seguir en la investigación de los delitos.

La ley indica que, en lo funcional, hay una relación de subordinación de la policía con respecto al Ministerio Público; esto es lo que hemos llamado Dirección Funcional de las Actuaciones Policiales de Investigación. El Ministerio Público ve el contenido de la dirección funcional no como una prevalencia del fiscal sobre el policía, sino como una actuación conjunta, unión de esfuerzos y conocimientos, en donde el Ministerio Público es el asesor jurídico del policía, y el policía es el asesor probatorio del fiscal, explicó.

En cuanto a las perspectivas de la investigación policial, la investigación penal desde el punto de vista jurídico es responsabilidad exclusiva del Ministerio Público y para ello cuenta con el auxilio de la Policía Judicial y demás cuerpos judiciales. También están dadas las reglas operativas de la Fiscalía General, sobre la implementación de la Dirección Funcional y la relación de la Policía-Ministerio Público como un equipo de trabajo. Esto crea las condiciones necesarias para que las investigaciones policiales sean efectivas y eficientes.

Se debe vislumbrar una mayor definición de los roles que por esencia corresponden a la policía represiva, al Ministerio Público y a los órganos jurisdiccionales, señaló Arias, quien consideró que se debe concebir a la policía como el máximo órgano de la investigación, con la asesoría y dirección del Ministerio de Público. Este último órgano, como evaluador de la investigación, determinará si procede la acusación, que el juez se dedicará a juzgar.

El Ministerio Público, en conjunto con la policía pretende, a futuro, "que los derechos humanos no se vean como un obstáculo para la policía, sino todo lo contrario". No es elevando las penas ni imponiendo la pena de muerte, no es usando las armas como se va a lograr que se termine la delincuencia, afirmó el Fiscal.

Sostuvo que "la delincuencia terminará el día que la repartición de la riqueza sea más justa, que las condiciones sociales mejoren, el día que todos tengamos la oportunidad de ir a la universidad. Esta es la mejor forma de combatir la criminalidad y no es la fuerza y la represión", afirmó.


Diálogo Centroamericano es producido por el Centro para la Paz y la Reconciliación de la Fundación Arias para la Paz y e1 Progreso Humano con el apoyo de la Fundación Ford.

Apartado 8-6410-1000, San José, Costa Rica.
Teléfono: (506) 255 29 55, 255 28 85
Fax: 255 22 44.
Correo electrónico:
dialogo@arias.or.cr

Regresar a la página principal