Informe
de la Contraloría General de la República de Colombia, 19
de julio del 2001
CONTRALORÍA GENERAL
DE LA REPÚBLICA
AUDITORÍA ESPECIAL
A LA POLÍTICA DE ERRADICACIÓN DE CULTIVOS ILÍCITOS
CGR-CDMA- Julio
de 2001
AUDITORÍA ESPECIAL
A LA POLÍTICA DE ERRADICACIÓN DE CULTIVOS ILÍCITOS
Contralor General
de la República Carlos Ossa Escobar
Vicecontralor
General de la República José Félix Lafaurle Rivera
Contralor Delegado
para el Medio Ambiente Francisco José Ruiz Marmolejo
Director de
Estudios Sectoriales Néstor Ortiz Pérez
Director de
Vigilancia Fiscal Francisco Ramírez Rivera
Auditores Lucero
Peña Pineda Maria Nancy Mesa Hernández Martha Ivonne Pérez Parra Luis
Fernando Alvarado Cárdenas
CONTRALORÍA
Doctores
JUAN MAYR MALDONADO
Ministro del
Medio Ambiente
GABRIEL MERCHAN
BENAVIDES
Director Nacional
de Estupefacientes
Bogotá, D.C.
Respetados doctores:
La contraloría General
de la República, en cumplimiento de su misión constitucional y legal,
en especial lo decretado en el artículo 267 de la Constitución Política
y en el 8 de la ley 42 de 1993, realizó una Auditoría Especial a La Política
de Erradicación de Cultivos Ilícitos, la cual incluyó un control de resultados
y de legalidad de la gestión realizada por la diferentes entidades involucradas
en la ejecución de la política.
Dentro del proceso
de evaluación se determinó que no se ha implementado un adecuado sistema
de control lo que ha derivado en incumplimiento de la normatividad ambiental
por parte de las autoridades responsables en sus diferentes aspectos,
así como un alto grado de ineficiencia y descoardinación entre las distintas
entidades del estado. En principio, y dado que la fumigación con glifosato
es una actividad, en materia ambiental, del régimen de transición, según
lo estableció el Decreto 1753 de 1994, solo requerirá para su operación
un Plan de Manejo Ambiental. Sin embargo, analizado el expediente No 793,
se observa falta de diligencia de la Dirección Nacional de Estupefaciente
- DNE, al no responder con prontitud los requerimientos realizados en
los diferentes autos, ni cumplir con los requisitos técnicos solicitados,
no obstante coincidir algunos de estos requerimientos con los objetivos
que debería haber cumplido la Auditoria Ambiental contratada por esa Dirección
durante los últimos diez años. Muestra de ello es lo ocurrido en Julio
de 1998 cuando la Dirección entrega al Ministerio el supuesto Plan de
Manejo Ambiental sin el capitulo de identificación y evaluación de los
Impactos ambientales". Situación similar se presentó en las entregas
adicionales que hace la DNE el 17 de diciembre de 2000 y el 30 de diciembre
de 2001, pues la información entregada no cumplía con los requerimientos
del auto 588Ade 1996 en donde se fijan los términos de referencia.
Existiendo evidencias
suficientes del impacto ambiental negativo de la erradicación forzosa
por aspersión aérea de cultivos de uso no licito, las cuales han sido
reportadas por las distintas autoridades regionales y locales, así como
por la Defensoría del Pueblo y que han suscitado amplias manifestaciones
de rechazo y cuestionamiento a nivel nacional como internacional, no se
realiza un verdadero seguimiento y control a la política de erradicación
en tanto no esté aprobado el Plan de Manejo Ambiental.
La demora en la presentación,
ejecución y cumplimiento a cabalidad del Plan de Manejo Ambiental por
parte de la DNE incide en la ejecución y aplicación de medidas preventivas,
correctivas y de compensación aplicables a los ecosistemas objeto de fumigación
afectados tanto por la producción como por la erradicación.
Pese a haber improbado
los sucesivos planes de manejo presentados por la DNE el Ministerio no
ha tenido la diligencia necesaria y suficiente para hacer cumplir la misión
constitucional de proteger, prevenir y mitigar los efectos negativos sobre
el medio ambiente al permitir la continuidad de esta actividad sin el
cumplimiento de este requisito legal.
De lo anterior se
puede establecer que no existe la suficiente voluntad política para integrar
la variable ambiental a la ejecución del programa de fumigación, no obstante
que la constitución establece el desarrollo sostenible como principio
rector del plan de desarrollo basado en el uso racional de los recursos
naturales A como base de sustento de vida y soporte de las actividades
productivas de la economía nacional.
Adicionalmente, otra
fuente de contaminación en la aplicación de la política son las prácticas
de destrucción e incineración In Situ que las instituciones de Defensa
y Control del Estado en los últimos 6 años han realizado con cerca de
11.494.972 kilogramos de sólidos y 11.137.788 galones de insumos líquidos,
además de la destrucción, hasta septiembre de 1999, de 164 laboratorios
especialmente en la selva de la cuenca amazónica por parte de el Batallón
No. 1. al igual que los envases plásticos y canecas metálicas utilizadas
que son dejadas a la intemperie, los cuales se constituyen en desechos
peligrosos. Esto refleja que no se están cumpliendo tampoco los protocolos
sobre disposición de insumos incautados.
Si a estos prácticas
le sumamos la ausencia de un sistema técnico de almacenamiento (se encuentran
distribuidos en el territorio nacional) de estas sustancias peligrosas
y de un inventario detallado actualizado, avaluado, donde 9 conste fecha
o tiempo de vencimiento y periodo de depósito, los impactos pueden ser
aún mayores.
De otro lado, el
asunto de redistribución de las áreas cultivadas por efectos de la erradicación
química también está contribuyendo a los procesos de deforestación. En
efecto, si al productor no se le ofrece una alternativa que le permita
el mejoramiento de su calidad de vida y la inserción al proceso de desarrollo
económico del país, le será indiferente producir en el Guaviare o en el
Putumayo lo que conlleva a nuevas colonizaciones con sus consecuente deforestación,
quemas y alteración de las cadenas biológicas.
Además, ante la falta
de información cierta sobre los eventuales efectos sobre la salud humana,
dadas las diferencias conceptuales presentadas entre las instituciones
estatales Involucradas, y la inexistencia de medidas de prevención por
las autoridades sanitarias, ni tampoco estudios para establecer correlaciones
entre las quejas presentadas por la comunidad y la aplicación del herbicida,
la CGR hace un llamado urgente al Comité Técnico Asesor, del cual hace
parte el Ministerio de Salud, para que tome las medidas necesarias conducentes
a establecer las afectaciones y su prevención.
Finalmente, con el
propósito de asegurar la mayor transparencia sobre la política de erradicación
de cultivos ilícitos y se garantice la sostenibilidad ambiental de la
misma, la Contraloría General de la República propone que se conforme
una veeduría internacional que contribuya en la evaluación técnica y ambiental
de las actividades de erradicación forzosa en Colombia.
Bogotá, D.C., 19
JUL 2001
FRANCISCO JOSE
RUIZ MARMOLEJO
Contralor Delegado
para el Medio Ambiente
1 INTRODUCCIÓN
La Contraloría General
de la República, en desarrollo del control fiscal que le compete, de acuerdo
con los artículos 267 y 268 de la Constitución Política Nacional y las
leyes concordantes, a través de un trabajo conjunto entre la Contraloría
Delegada para el Medio Ambiente y la Contraloría Delegada Sector Justicia,
Defensa y Seguridad, decidieron realizar la Auditoria Especial a la Política
de Erradicación de Cultivos Ilícitos, como respuesta a su creciente preocupación
en tomo de la efectividad de los programas y el elevado nivel de impacto
sobre el medio ambiente y la salud de la población.
La Auditoría, en
consecuencia, evaluó el periodo 1992 - 2000, los resultados de las estrategias
implantadas mediante los programas de erradicación (química, mecánica
y manual) para la sustitución de cultivos de uso no licito; tomando en
cuenta las consecuencias ambientales en los departamentos de Caquetá,
Guaviare, Putumayo y la región del Catatumbo.
El análisis se inicia
con el planteamiento del problema que pretende resolver la política; seguidamente
se identifica la política desde los inicios de su formulación, las actuaciones
que se han desarrollado en virtud de la ejecución de la misma y finalmente
se evalúan los resultados obtenidos con la puesta en marcha de la política
y se establecen las conclusiones y recomendaciones.
La dinámica del los
cultivos ilícitos presenta un crecimiento en el área total cultivada del
54% entre 1992 y 1999 siendo el cultivo de coca el ha tenido un crecimiento
sostenido a lo largo del tiempo en contraste con las otras dos especies
que han visto disminuida significativamente su producción.
La consecuencia directa
del incremento en al área cultivada han sido los grandes efectos ambientales
dada su ubicación en zonas estratégicas y a la vez frágiles desde el punto
de vista ambiental, siendo el principal impacto la deforestación y sus
implicaciones sobre el régimen de aguas y la biodiversidad.
Planteado el problema
e identificada la política de erradicación de cultivos ilícitos se identificó
la gestión de las entidades encargadas de ejecutarla la cual involucró
la identificación del área erradicada, el costo y la cantidad de glifosato
asperjado y la contratación de la auditoria ambiental que debería realizar
la DNE.
Finalmente se presenta
una evaluación de resultados, las conclusiones y recomendaciones.
TABLA DE CONTENIDO
1 INTRODUCCIÓN
.. 8
2 IDENTIFICACION
DEL PROBLEMA .. .. 9
3 MARCO LEGAL E
INSTITUCIONAL DE LA POLITICA DE ERRADICACIÓN DE CULTIVOS ILICITOS ..
.. .14
4 POLITICA DE ERRADICACIÓN
DE CULTIVOS ILÍCITOS . .17 5 GESTION DE LAS ENTIDADES ENCARGADAS DE
EJECUTAR LA POLÍTICA .. 23
5.1 DIRECCIÓN NACIONAL
DE STUPEFACIENTES 23
5.1.1 Acciones de
Erradicación de Cultivos Ilícitos .23
5.1.2 Costo y Cantidades
de Glifosato aplicado .. ...25
5.1.3 Incautación
de Precursores Químicos .. ..27
5.1.4 Actividades
Antinarcóticos en el ámbito Nacional... 30
5.1.5 Auditoria
Ambiental .. 31
5.2 MINISTERIO DEL
MEDIO AMBIENTE .38
5.3 El Plan Nacional
de Desarrollo Alternativo (PLANTE) 41
6 EVALUACION DE
GESTION .45
6.1 Cumplimiento
de la Normatividad Ambiental y sistema de control ambiental ..45
6.1.1 Cumplimiento
de la Normatividad Ambiental .45
6.1.2 Auditoría
Ambiental ...46
6.2 Coordinación
de la Política ..49
6.3 Desarrollo Alternativo
.51
6.4 Resultados de
la Política ..52
6.5 Impactos de
la Política 54
7 CONCLUSIONES Y
RECOMENDACIONES ... 60
8 BIBLIOGRAFíA ...62
INDICE DE TABLAS
Tabla No. 1 Área(ha)
de Cultivos Ilícitos ...10
Tabla No. 2 Parques
afectados por actividades antrópicas en la Cuenca Amazónica .11
Tabla No. 3 Estimación
Bosques Deforestados por los Cultivos Ilícitos ...12
Tabla No. 4 Plan Nacional
"Compromiso de Colombia Frente al Problema Mundial de la Droga 1994-1998"
.18
Tabla No. 5 PIan Nacional
de Lucha Contra las Drogas: Colombia 1998-2002 ..20
Tabla No. 6 Hectáreas
Erradicadas de Cultivos Ilícitos .24
Tabla No. 7 Hectáreas
Erradicadas Manual y/o Mecánicamente ...25
Tabla No. 8 Costos
Incurridos para la Fumigación y Cantidades de Glifosato Aplicado .26
Tabla No. 9 Sustancias
Controladas ...28
Tabla No. 10 Total
Incautaciones de Insumos Sólidos ...28
Tabla No. 11 Total
Incautación de Insumos Líquidos 29
Tabla No. 12 Sustancias
Destruidas e Incineradas .30
Tabla No. 13 Relación
Contratos Auditoria Ambiental .36
Tabla No. 14 Número
de Proyectos por Componente 43
Tabla No. 15 Comportamiento
por Componente Proyecto Plante .44
Tabla No. 16 Hectáreas
Estimadas de Cultivos de Coca Por Departamentos 1991-1999 ..53
2 IDENTIFICACION
DEL PROBLEMA
La producción de
droga aparece en el mundo como resultado de la racionalidad económica
derivada de un mercado y un sistema de precios.
Como mercado es un
negocio global estructurado de tal forma que por el lado de la oferta
aparecen los países del llamado tercer mundo, especialmente los latinoamericanos
y por el lado de la demanda, Estados Unidos y Europa principalmente. Está
constituido por eslabones que conforman la cadena del negocio y de los
que, se han identificado siete (la siembra, la cosecha, la refinación,
la exportación, distribución minorista, el lavado de dólares y las especulaciones
financieras) los cuales se encuentran distribuidos a lo largo y ancho
del mundo.
Es un mercado consolidado
a nivel mundial y aunque es ilícito forma parte de la economía de las
naciones y especialmente de las regiones productoras que en nuestro caso,
desafortunadamente, son en buena parte economías campesinas, convirtiendo
a los pequeños productores rurales en el primer eslabón de la cadena.
En nuestro país la
producción surge bajo condiciones estructurales propicias para su desarrollo:
marginalidad y crisis permanente del sector agrario asociados a factores
de tenencia y uso de la tierra. Regiones desprotegidas por el estado,
con bajos índices de calidad de vida, sin servicios públicos ni infraestructura
para modelar su desarrollo y que en su afán de subsistir y ante los bajos
rendimientos que le ofrecen los cultivos tradicionales de la agricultura
tradicional, se consolidó como opción un producto para el cual no se deben
preocupar por conseguir su mercado ni contar con infraestructura necesaria
para su distribución.
La producción de
cultivos de uso no licito se inicia en los años sesenta con la siembra
de marihuana en la Sierra Nevada de Santa Marta la cual fue sustituida,
en gran parte, por coca y amapola hacia los años ochenta y noventa. La
dinámica del los cultivos ilícitos se puede apreciar en la Tabla No. 1,
en la cual se observa un crecimiento en el área total del 54% entre 1992
y 1999. El cultivo de coca ha tenido un crecimiento sostenido a lo largo
del tiempo en tanto que las otras dos especies mencionadas han visto disminuida
significativamente su producción.
Tabla No. 1 Área(ha)
de Cultivos Ilícitos
Ano
|
Coca
|
Amapola
|
Marihuana
|
Total
|
1988
|
42400
|
|
2270
|
|
1989
|
40100
|
|
1500
|
|
1990
|
37500
|
1344
|
2000
|
|
1991
|
|
|
|
|
1992
|
37.100
|
19.472
|
4.297
|
60.869
|
1993
|
39.700
|
14.167
|
5.940
|
59.807
|
1994
|
45.000
|
20.274
|
5.930
|
71.204
|
1995
|
50.900
|
6.540
|
4.986
|
62.426
|
1996
|
67.200
|
6.300
|
5.000
|
78.500
|
1997
|
79.500
|
6.600
|
5.000
|
91.100
|
1998
|
78.200
|
7.350
|
5.000
|
90.550
|
1999
|
103.500
|
6.500
|
2.000
|
112.000
|
Fuente: "Cultivos
ilícitos, Erradicación e impacto ambiental". D.N.E., junio de 2000
El comportamiento
en la producción de los cultivos de uso no licito le ha traído a al país
grandes efectos ambientales, socioculturales y económicos. En el aspecto
ambiental el principal impacto es la deforestación y sus implicaciones
sobre el régimen de aguas y la biodiversidad, dada su ubicación en ecosistemas
estratégicos, que de acuerdo con el tipo de cultivo, ver Tabla No. 2,
genera impactos diferenciales.
En el caso de los
cultivos de amapola que se encuentran en la Zona Andina, el efecto se
presenta sobre la oferta de bienes y servicios ambientales importantes
en los procesos productivos del país, por cuanto es en estos ecosistemas
en donde se genera la mayor producción de aguas. El macizo colombiano
produce el 60% del agua del país, y de allí depende el 21% de nuestra
producción hidroenergética.
Tabla No. 2 Parques
afectados por actividades antrópicas en la Cuenca Amazónica
PARQUES
NATURALES
|
AREA
has
|
DEPARTAMENTO
|
Amacayacu
|
293.500
|
Amazonas
|
Cahuinari
|
575.500
|
Amazonas
|
Serrania
de Chiribiquete
|
1.200.000
|
Caqueta
|
Tinigua
|
201.875
|
Caqueta
|
Cueva
de los Guacharos
|
9.000
|
Huila-Caqueta
|
La
Playa
|
442.000
|
Putumayo
|
Serrania
de la Macarena
|
1.131.350
|
Meta
|
Nukak
|
855.000
|
Guania
|
Tuparro
|
548.000
|
Vichada
|
Fuente: Mapa Ecológico
(Parques. Ríos. Flora y Fauna). Banco Ganadero 1999
El cultivo de coca
es el que más contribuye a la transformación y destrucción de los ecosistema
estratégicos de la Amazonía y la Orinoquía, por cuanto al establecerse
un cambio en el uso del suelo se generan rompimientos de las cadenas biológicas
de flora y fauna; es así como "Los cultivos ilícitos han traído la
devastación directa, entre 1974 y 1998, de más de 850.000 hectáreas de
bosque en el territorio colombiano. Se estima que por hectárea se pierden
entre 96 a 120 especies de plantas con más de 500 especies animales"[Ministerio
del Medio Amiente. Enero de 2000]. Las cifras de deforestación generadas
por el establecimiento de este tipo de cultivos se presenta en la Tabla
No. 3.
Tabla No. 3 Estimación
Bosques Deforestados por los Cultivos Ilícitos
|
Has
Deforestadas
|
Has
Deforestadas
|
Has
Deforestadas
|
Ano
|
Coca
|
Amapola
|
Marihuana
|
1993
|
179.110
|
57.500
|
64.446
|
1994
|
214.947
|
76.906
|
8.910
|
1995
|
265.473
|
98.217
|
8.895
|
1996
|
325.649
|
122.294
|
7.479
|
1997
|
430.732
|
150.039
|
7.500
|
1998
|
537.777
|
181.601
|
7.500
|
1999
|
661.568
|
218.328
|
7.500
|
2000
|
800.478
|
260.422
|
3.000
|
Fuente: "Cultivos
ilícitos, erradicación e impacto ambiental". D.N.E., junio de 2000.
Policía Nacional Dirección Antinarcóticos. Diciembre de 2000.
De otro lado, dentro
del alistamiento del área para establecer el cultivo, se presentan procesos
de carbonización de la biomasa derrumbada con la consecuente generación
de bióxido de carbono (CO2) coadyuvando al proceso del efecto de invernadero,
como problema global, y al aporte de residuos sólidos a los cuerpos de
agua con su consecuente sedimentación, como problema nacional.
Estas prácticas de
remoción, tala y quema, sumadas a las labores de cultivos ilícitos afectan
directamente al recurso suelo, ocasionando empobrecimiento y pérdida de
nutrientes.
El recurso hídrico
también se ve afectado por este sistema de producción. El uso intensivo
de productos organoclorados [Se considera que cada año 200.000 galones
de herbicidas, 16.000 toneladas de fertilizantes químicos son usados en
estos cultivos.] (plaguicidas, pesticidas e insecticidas) y de sustancias
químicas tóxicas, ["La utilización de precursores químicos (como
la acetona, ácido clorhídrico, éter etílico, permanganato de potasio,
alcohol Isopropilico entre otros, en el procesamiento de la cocaína continua
amenazando nuestros ecosistemas y se estima que el los últimos 14 años
se han derramado en las selvas aproximadamente 750.000 toneladas de estos
precursores y los herbicidas contaminantes del agua, que están contaminando
y generando impactos ambientales". Discurso del Presidente de la
república el 30 de octubre de 1998] a lo largo de cadena productiva de
sustancias narcóticas, a través de las aguas de escorrentía e infiltración,
están contaminando las fuentes de agua, tanto superficiales como subterráneas.
Así mismo, los conflictos
ocasionados por la economía del narcotráfico también generan efectos socioeconómicos
importantes. La ruptura del precario tejido social en las regiones productoras
con sus secuelas de violencia, así como los procesos migratorios y conflictos
con comunidades étnicas por diferencias culturales, normas y valores sociales.
El establecimiento de estos cultivos rompe los sistemas de producción
local y la autosuficiencia alimentaría regional, por el abandono de la
producción agrícola tradicional. Igualmente, el flujo atípico de recursos
genera un proceso de inflación al interior de la economía local, lo cual
aumenta los precios de los bienes básicos de consumo y de los insumos
para las actividades licitas, alterando, las relaciones de intercambio
comercial y los factores de producción regional principalmente el sistema
de tenencia de la tierra.
3 MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL
DE LA POLÍTICA DE ERRADICACIÓN DE CULTIVOS ILÍCITOS
Aunque el análisis
legal de la Auditoria Especial a la Política de Erradicación de Cultivos
Ilícitos (PECI) comprende el periodo 1994 - 2000, es necesario referimos
a las normas que se promulgaron en fechas anteriores, que en muchos casos
siguen vigentes, y que dan sustento al marco jurídico actual de la política.
Iniciamos este análisis
refiriéndose a la Ley 30 de 1986, mediante la cual se adoptó el Estatuto
Nacional de Estupefacientes (ENE) que1 con referencia a la erradicación
de cultivos ilícitos, establece los parámetros legales que definen una
plantación (Art.2,7) y le otorga facultades al Consejo Nacional’ de Estupefacientes
(CNE) [Creado mediante e1 Decreto 1188 de 1974] para determinar los mecanismos
adecuados para desarrollar tales actividades (Art. 8,77 y Art. 91, literal
g).
Las acciones de erradicación
de cultivos deben ser definidas y coordinadas con otras instituciones
de carácter técnico dentro de las cuales se encuentran el Ministerio de
Salud [Se le asIgnan funciones a través de la Ley 30 de 1986 Art. 3, 5,
20 y 95; Ley 9 de 1979 Art. 136 y 142; Decreto 1843 de 1991 Art. 188,
189, 193, 194 y 195.], el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) y posteriormente
el Ministerio del Medio Ambiente [Se les asignan funciones a través del
Decreto 1843 de 1991 Art. 188, 189, 193, 194 y 195. Adicionalmente, el
Decreto 1753 de 1994 Art. 7 y el Decreto 2811 de 1974 Art. 336 le asignan
funciones de control y vigilancia al Ministerio del Medio Ambiente.].
También se crean
según el Art.98 de esta Ley 30 de 1986, los Consejos Seccionales de Estupefacientes
(CSE), encargados de ejecutar y coordinar las políticas y acciones establecidas
por el CNE, en el nivel regional [De estos consejos Seccionales hacen
parte (Decreto 3788 de 1986 y Resolución 002 de 1996 del CNE) el Gobernador,
el Secretado de Salud Departamental, el Director Departamental del Departamento
Administrativo de Seguridad (DAS), el Secretario Departamental de Educación,
el Procurador Departamental, el Comandante Departamental de le Policía.
El Director Regional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, el
Delegado del INDERENA (o el Director de una corporación Autónoma Regional
delegado por éste), el Director Departamental del Instituto de Medicina
Legal y el Director Regional de Fiscalías)].
Así mismo, dentro
de las estrategias adoptadas para enfrentar el problema de los cultivos
ilícitos, fue necesaria la conformación de la Dirección Nacional de Estupefacientes
(DNE), mediante el Decreto 494 de 1990 [Este Decreto fue adoptado como
legislación permanente mediante el Decreto 2272 de 1991, que además amplió
las funciones de la antigua Oficina de Estupefacientes que pertenecía
al Ministerio de Justicia.], como una Unidad Administrativa Especial adscrita
al Ministerio de Justicia y del Derecho, con personería jurídica, autonomía
administrativa y presupuestal, patrimonio propio y régimen especial de
contratación administrativa.
De igual forma, mediante
el decreto 2271 de 1991, se adoptó lo estipulado en el Decreto 099 del
mismo año, en el sentido de delegar la responsabilidad y dirección de
las acciones de erradicación de cultivos ilícitos a las Unidades Investigativas
de Orden Público y las de Policía Judicial [Ley 30 de 1986 Art. 77; Decreto
2790 de 1990 Art. 5.], quienes de esta manera "... inutilizarán pistas
de aterrizaje, destruirán plantaciones o cultivos de marihuana, cocaína,
adormidera y demás plantas de las cuales pueda extraerse o procesarse
droga que produzca dependencia".
En 1994, mediante
Resolución 001 se establecen y precisan las autorizaciones concedidas
(mediante la Ley 30/86) para la destrucción y erradicación de los cultivos
ilícitos en el país [El CNE en un comunicado de enero 31 de 1992 habla
autorizado las fumigaciones con Glifosato para cultivos de coca (siguiendo
los mismos parámetros utilizados en la erradicación de marihuana en la
Sierra Nevada de Santa Marta) y solo después, con la promulgación de esta
Resolución, se fijaron parámetros técnicos e institucionales para la erradicación
de cultivos ilícitos en el país.]. Esta resolución determinó la intervención
coordinada del Instituto Colombiano Agropecuario, el Ministerio del Medio
Ambiente y el Ministerio de Salud, en la fase de reconocimiento y selección
de áreas con cultivos ilícitos y, de igual manera, estableció como ejecutor
de las actividades de erradicación a la Policía Nacional a través de la
Dirección Antinarcóticos.
A través de esta
Resolución, el CNE creó una Comisión Técnica de la que hacen parte las
entidades mencionadas arriba y cuya función principal seria la de emitir
conceptos respecto de las actividades de erradicación, específicamente
sobre la aplicación técnica del herbicida Glifosato y sus posibles impactos
ambientales y sociales. En tal sentido, el Ministerio del Medio Ambiente
debería, adicionalmente, pronunciarse con respecto a las actividades de
erradicación que se pretendieran realizar en zonas de parques nacionales
y áreas de manejo especial [Decreto 2811 de 1974, Art. 336.].
Así mismo, en su
numeral 7, estableció que el Gobierno Nacional, a través de la DNE, contrataría
los servicios de una Auditoría Ambiental, encargada de controlar y supervisar
las técnicas y procedimientos para la erradicación de cultivos y, además,
la articulación de los procesos sociales y económicos se daría a través
de acciones cívico policiales, coordinadas con las autoridades locales
y en presencia siempre de un delegado del Ministerio Público, Procuraduría
y Fiscalía.
Posteriormente, a
través del Decreto 2252 de 1995, se establecieron las funciones y la estructura
orgánica de la Policía Nacional que involucra a la División de Erradicación
de Cultivos Ilícitos. Dentro de las funciones asignadas a esta División
se encuentran la coordinación de las actividades de control, reconocimiento,
evaluación y destrucción de áreas con cultivos ilícitos, todo ello dentro
de parámetros que aseguren la minimización de los impactos sociales y
ambientales.
A través del Decreto
1575 de 1997 [El Decreto 2147 de 1997 definió la planta de personal de
la DNE.] se estableció la nueva estructura orgánica y funciones de la
DNE, en la que se determina, a través de la Subdirección Estratégica y
de investigaciones, "adelantar investigaciones y estudios sobre aspectos
relacionados con el control e interdicción para brindar información continua,
válida y actualizada sobre la erradicación de cultivos, control de precursores,
destrucción de laboratorios y demás acciones que el país adelanta para
combatir el fenómeno de la droga" (art. 12, Num.2) y "se debe
investigar, evaluar y diseñar los programas sobre erradicación y sustitución
de cultivos ilícitos" (Art. 12, Num. 10).
4 POLÍTICA DE ERRADICACIÓN
DE CULTIVOS ILÍCITOS
En respuesta a la
expansión progresiva del área cultivada y como estrategia de la política
antidrogas de los Estados Unidos, el Estado Colombiano inicia procesos
de erradicación, no muy acentuados, hacia los años 1991 y 1992. Es hacia
finales de 1992 cuando se empiezan a plantear las bases de un Plan Nacional
de lucha contra la droga.
Aunque durante el
gobierno de Julio Cesar Turbay Ayala (1978-1982) ya existían presiones
externas para que se utilizaran químicos en la erradicación de cultivos
de la marihuana, y no obstante haber realizado experimentos en la Sierra
Nevada de Santa Martha con Paraquat, sólo hacia 1984, en el gobierno de
Belisario Betancurt, se toma la decisión oficial de fumigar, ya no con
Paraquat sino con Glifosato, iniciándose así la política de erradicación
química por aspersión aérea en nuestro país.
En 1986 ante los
bajos resultados de la fumigación con Glifosato la política antinarcóticos
resta importancia a la erradicación de los cultivos y traslada sus esfuerzos
en el campo militar y la aplicación de la extradición.
La administración
Gaviria hizo énfasis en la política de sometimiento, no obstante, a principio
de los años noventa, continuó con la fumigación de los cultivos de Amapola,
producción que se estaba consolidando en el Macizo Colombiano.
En 1995 a través
del Decreto 1956 se adoptó el Plan Nacional, Compromiso de Colombia frente
al Problema Mundial de la Droga, como uno de los componentes del Plan
Nacional de Desarrollo 1994 - 1998 denominado "El Salto Social",
correspondiente al gobierno de Ernesto Samper.
Este Plan estableció
cinco líneas de acción, dentro de las cuales se definieron diez políticas,
enmarcadas en cinco grandes estrategias para el control de los cultivos
ilícitos, la producción, tráfico y comercialización de sustancias psicoáctivas
y del lavado de dineros producto del narcotráfico, tal como se presenta
en la Tabla No. 4.
Tabla No. 4 Plan
Nacional "Compromiso de Colombia Frente al Problema Mundial de la
Droga 1994 - 1998"
Compromiso
de Colombia frente al Problema Mundial de la Droga
|
OBJETIVO
GENERAL Frenar y reducir progresiva y sistemáticamente las causas
y manifestaciones del problema de la droga mediante la aplicación
de mecanismos de participación comunitaria que vinculen efectivamente
a la sociedad civil en la solución de dicha problemática" [Consejo
Nacional de Estupefacientes. Plan Nacional, 1995: compromiso de
Colombia Frente al Problema Mundial de la Droga. Página 75]
|
|
|
|
Líneas de Acción
|
Políticas
|
Estrategias
|
|
Fortalecimiento
de la Justicia
|
Represión y
sometimiento.; Cambio en la administración de justicia.
|
Democratización
y fortalecimiento de la sociedad civil.; Descentralización; Investigación;
Concertación y Coordinación Interinstitucional; Comunicación; Multilateralización
|
Metas
y Responsables
|
Control e Interdicción
|
Erradicación
de Cultivos Ilícitos.; Producción Industrial de Drogas.; Distribución.;
Lavado de Activos.; Persecución de los Carteles.
|
Desarrollo
alternativo
|
Plan Nacional
de Desarrollo Alternativo.
|
Prevención
y rehabilitación
|
Amenaza del
Consumo.
|
Cooperación
Internacional
|
Responsabilidad
Internacional.
|
Fuente: Plan Nacional:
compromiso de Colombia Frente al Problema Mundial de la Droga"
En lo que tiene que
ver con la política de erradicación de cultivos ilícitos del Plan "el
gobierno nacional comprometerá todos sus esfuerzos para proceder a erradicar
cultivos ilícitos, asegurando que las operaciones llevadas a cabo para
tal fin se ejecuten con el menor impacto social y sin producir daño ecológico,
para lo cual se espera, contar con el apoyo de la cooperación internacional,
con el objeto de disponer de todos los medios técnicos necesarios en atención
a tal propósito. En este sentido se continuarán aplicando los mecanismos
de erradicación manual, mecánica o de aspersión aérea, con el permanente
seguimiento de una Auditoria Ambiental". [PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
(1995): "Plan Nacional: Compromiso de Colombia Frente al Problema
Mundial de la Droga." p.79]
Paralelamente se
formula el Plan Nacional de Desarrollo Alternativo (PLANTE), programa
presidencial creado mediante la Ley 368 de 1997 y que dispone de recursos
a través del Fondo Nacional de Desarrollo Alternativo (FONDO PLANTE) [A
través del Decreto 2586 del 23 de octubre de 1997 se organizó y puso en
funcionamiento el Fondo del Plan Nacional de Desarrollo Alternativo.],
y que está "orientado a brindar, a partir de la destrucción de cultivos
ilícitos, una alternativa económica de vida, dentro de la Ley, a los campesinos,
colonos e indígenas involucrados en esa actividad". [PRESIDENCIA
DE LA REPÚBLICA (1995): "Plan Nacional: Compromiso de Colombia Frente
al Problema Mundial de la Droga", p.80]
Con este "Plan
Nacional Compromiso de Colombia Frente a las Drogas", se inicia un
proceso masivo de erradicación química acompañado de procesos manuales.
Aunque se hicieron ensayos con el Imazapyr, finalmente la aspersión se
realizó con el Glifosato.
En 1998 se presenta
el Plan Nacional de Lucha contra las drogas: Colombia 1998-2002".
Tabla No. 5
El Plan está articulado
alrededor de siete estrategias y seis principios que se desarrollan a
través de seis Unidades de Gestión, cada una de las cuales presenta unos
objetivos estratégicos y unas metas particulares.
La erradicación de
cultivos ilícitos aparece dentro del Plan Nacional de Lucha Contra las
Drogas como una de las metas a alcanzar por la Unidad de Gestión para
la Reducción de la Oferta de Drogas, dentro del Objetivo Estratégico No.2
que consiste en "Combatir la producción, el tráfico y la distribución
de estupefacientes, así como la infraestructura que sirve de soporte al
negocio de las drogas ilícitas". [DIRECCIÓN NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES
(1999): Plan Nacional de Lucha Contra las Drogas. Colombia 1998 -2002".
p. 49]
Dentro de sus planteamientos,
ambos planes establecen que las acciones de carácter represivo deben ser
complementadas con acciones de contenido social que hagan posible una
promoción del ser humano, integral y sostenible. En este sentido, se plantea
la estrategia del desarrollo alternativo que le va a permitir al productor
de coca establecer la sustitución del cultivos ilícito por proyectos productivos
que aseguren un desarrollo integral de la región afectada.
Tabla No. 5 Plan
Nacional de Lucha Contra las Drogas: Colombia 1998-2002
Objetivo
General: Reducir progresiva y sistemáticamente las causas y manifestaciones
del problema de las drogas en forma articulada a la política de
paz.
|
|
|
|
Estrategias
|
Principios
|
Objetivos
Estratégicos
|
Comunicación;
Descentralización y participación ciudadana; Armonización de los
esfuerzos nacionales; Organización gerencial de la política; Investigación
para una acción estratégica; Focalización; Prevención integral
|
Integralidad;
Consenso; Autonomía; Multilateralidad; Corresponsabilidad; Contenido
social
|
Desarrollo
Alternativo; Reduccion De La Oferta De Drogas; Fortalecimiento Juridico
E Institucional; Reduccion De La Demanda; Gestion Ambiental; Politica
Internacional
|
Igualmente se establece,
aunque con mayor énfasis en el segundo plan, que la erradicación se efectuará
asegurando que las operaciones llevadas a cabo para tal fin se realizarán
sin producir daño ecológico.
En este sentido,
el Plan Nacional de Lucha contra las drogas: Colombia 1998- 2002 plantea
la Gestión Ambiental como 5 objetivo estratégico dirigido a fomentar la
conservación ecológica y el desarrollo integral sostenible en regiones
de cultivos ilícitos y alto riesgo de incidencia.
Igualmente establece
que "Con el ánimo de minimizar los efectos toxicológicos sobre el
ambiente y la salud humana ocasionados por la erradicación por aspersión
aérea, ésta se lleva a cabo por medio de procedimientos técnicos y operacionales
vigilados en forma estricta por el Programa de Auditoría Ambiental."
Se definen como entidades
responsables del logro del objetivo estratégico, al Ministerio del Medio
Ambiente, la Dirección Nacional de Estupefacientes por intermedio de la
Auditoria Ambiental, los Organismos de Seguridad del Estado, la Dirección
de Impuestos y Aduanas Nacionales, las Corporaciones Autónomas Regionales,
el Plan Nacional de Desarrollo Alternativo y a las ONGs.
Pese a que en el
Plan Nacional de Lucha contra las Drogas (1998 - 2002) la erradicación
de cultivos ilícitos aparece como una meta, a diferencia del Plan anterior
(1994 - 1998) que le otorgaba el status de política, debido a la problemática
de avance y expansión de los cultivos, así como los fondos nacionales
e internacionales que el gobierno ha obtenido para su desarrollo, le han
dado y le dará una inusitada preponderancia.
Igualmente establece
que "Con el ánimo de minimizar los efectos toxicológicos sobre el
ambiente y la salud humana ocasionados por la erradicación por aspersión
aérea, ésta se lleva a cabo por medio de procedimientos técnicos y operacionales
vigilados en forma estricta por el Programa de Auditoria Ambiental."
Se definen como entidades
responsables del logro del objetivo estratégico, al Ministerio del Medio
Ambiente, la Dirección Nacional de Estupefacientes por intermedio de la
Auditoria Ambiental, los Organismos de Segundad del Estado, la Dirección
de Impuestos y Aduanas Nacionales, las Corporaciones Autónomas Regionales,
el Plan Nacional de Desarrollo Alternativo y a las ONGs.
Pese a que en el
Plan Nacional de Lucha contra las Drogas (1998 - 2002) la erradicación
de cultivos ilícitos aparece como una meta, a diferencia del Plan anterior
(1994 - 1998) que le otorgaba el status de política, debido a la problemática
de avance y expansión de los cultivos, así como los fondos nacionales
e internacionales que el gobierno ha obtenido para su desarrollo, le han
dado y le dará una inusitada preponderancia Dentro de sus planteamientos,
ambos planes establecen que las acciones de carácter represivo deben ser
complementadas con acciones de contenido social que hagan posible una
promoción del ser humano, integral y sostenible. En este sentido, se plantea
la estrategia del desarrollo alternativo que le va a permitir al productor
de coca establecer la sustitución del cultivos ilícito por proyectos productivos
que aseguren un desarrollo integral de la región afectada.
Igualmente se establece,
aunque con mayor énfasis en el segundo plan, que la erradicación se efectuará
asegurando que las operaciones llevadas a cabo para tal fin se realizarán
sin producir daño ecológico.
En este sentido,
el Plan Nacional de Lucha contra las drogas: Colombia 1998- 2002 plantea
la Gestión Ambiental como 5 objetivo estratégico dirigido a fomentar la
conservación ecológica y el desarrollo integral sostenible en regiones
de cultivos ilícitos y alto riesgo de incidencia.
Igualmente establece
que "Con el ánimo de minimizar los efectos toxicológicos sobre el
ambiente y la salud humana ocasionados por la erradicación por aspersión
aérea, ésta se lleva a cabo por medio de procedimientos técnicos y operacionales
vigilados en forma estricta por el Programa de Auditoria Ambiental."
Se definen como entidades
responsables del logro del objetivo estratégico, al Ministerio del Medio
Ambiente, la Dirección Nacional de Estupefacientes por intermedio de la
Auditoria Ambiental, los Organismos de Seguridad del Estado, la Dirección
de Impuestos y Aduanas Nacionales, las Corporaciones Autónomas Regionales,
el Plan Nacional de Desarrollo Alternativo y a las ONGs.
Pese a que en el
Plan Nacional de Lucha contra las Drogas (1998 - 2002) la erradicación
de cultivos ilícitos aparece como una meta, a diferencia del Plan anterior
(1994 - 1998) que le otorgaba el status de política, debido a la problemática
de avance y expansión de los cultivos, así como los fondos nacionales
e internacionales que el gobierno ha obtenido para su desarrollo, le han
dado y le dará una inusitada preponderancia que actualmente tiene.
5 GESTION DE LAS
ENTIDADES ENCARGADAS DE EJECUTAR LA POLÍTICA
La formulación de
las políticas, planes, programas y proyectos que deben adelantar las entidades
públicas y privadas en la lucha contra la droga en sus manifestaciones
de producción, trafico y consumo está en cabeza del Consejo Nacional de
Estupefacientes, el cual fue creado por medio del decreto 1206 de 1973
como órgano asesor del Gobierno Nacional.
La entidad encargada
de coordinar y ejecutar las política de lucha contra las drogas es la
Dirección Nacional de Estupefacientes creada mediante el Decreto 494 de
1990 y mediante el Decreto 2159 de 1992 como Unidad Administrativa Especial
adscrita al Ministerio de Justicia y del Derecho, con autonomía administrativa
y presupuestal, patrimonio propio y régimen especial de contratación administrativa.
También forma parte
de esta estructura una Comisión Técnica [Después de 1998, por solicitud
de la Defensoría del Pueblo el Ministerio del Medio Ambiente forma parte
de dicho Comité, con el fin de verificar las fumigaciones.] creada mediante
Resolución No. 001 del 11 de febrero de 1994 del Consejo Nacional de Estupefacientes,
con el fin de emitir conceptos sobre la utilización del Glifosato.
Adicionalmente, existen
otras entidades que desarrollan actividades relacionadas con la política
en mención como: La Unidad Administrativa del Sistema de Parques Nacionales
Naturales, el Ministerio de Agricultura, el Instituto Colombiano Agropecuario,
Ministerio de Salud y los Programas Plante y Rumbos, entre otros.
5.1 DIRECCIÓN NACIONAL
DE ESTUPEFACIENTES
5.1.1 Acciones de
Erradicación de Cultivos Ilícitos
Oficialmente, y a
cargo del Ministerio de Justicia y el derecho, la erradicación química
se inicia en 1984. Entre 1984 y 1985 se erradicaron 5446 ha y para 1986
la erradicación química se incrementó significativamente alcanzando las
12.000 has. Posteriormente, en 1992 el Consejo Nacional de Estupefacientes
autorizó la aspersión aérea controlada para cultivos ilícitos de amapola
localizados en las cordilleras, por encima de la cota de los 2.500 m.s.n.m.,
mediante el empleo del Glifosato realizando una fumigación cercana a los
12,864 has. La dinámica de la Erradicación de cultivos de uso no licito
con glifosato se presenta en la Tabla No. 6. [Existen diferentes fuentes
de información sobre el área erradicada, como son la Defensoría del Pueblo,
la Dirección Nacional de Estupefacientes y la Policía Antinarcóticos y
aunque en muy pocos datos se presentan marcadas diferencias, sí es señal
de que no se conoce con exactitud el área erradicada.]
Como bien se señaló
anteriormente y dado que a comienzos de la década la política antinarcóticos
del Estado no centró sus esfuerzos en la erradicación de cultivos, en
el comportamiento de la serie de datos se observa un cambio significativo
del área total erradicada a partir de 1995. Entre 1994 y 1995 el incremento
representó un 198%, acorde al cambio implementado en la estrategia del
Plan nacional de lucha contra la droga. En términos absolutos, 1998 fue
el año en que más hectáreas se fumigaron lo que equivalió a 72.250 que
representan cerca del 80% del área cultivada.
Tabla No. 6 Hectáreas
Erradicadas de Cultivos Ilícitos
Años
|
Erradi
Coca
|
Erradi
Amapola
|
Erradi
Marihuana
|
Total
|
Cambio
%
|
1992
|
944,00
|
12.864,00
|
100,00
|
13.908,00
|
|
1993
|
846,00
|
9.821,00
|
138,00
|
10.805,00
|
-22,31
|
1994
|
4.904,00
|
5.314,00
|
14,00
|
10.232,00
|
-5,30
|
1995
|
25.402,00
|
5.074,00
|
36,00
|
30.512,00
|
198,20
|
1996
|
23.025,00
|
7.412,00
|
37,00
|
30.474,00
|
-0,12
|
1997
|
44.123,00
|
7.333,00
|
16,00
|
51.472,00
|
68,90
|
1998
|
69.155,00
|
3.077,00
|
18,00
|
72.250,00
|
40,37
|
1999
|
44.195,00
|
8.434,00
|
9,00
|
52.638,00
|
-27,14
|
Fuente: Cultivos
ilícitos, erradicación e impacto ambiental". D.N.E., junio de 2000
Si comparamos la
Tabla No. 1 Área(ha) de Cultivos Ilícitos) con la tabla Tabla No. 6 Hectáreas
Erradicadas de Cultivos Ilícitos), se observa un crecimiento paralelo
entre las dos áreas objeto de estudio lo que significa que aunque la DNE
haya alcanzado las metas en cuanto área fumigada, no se ha podido cumplir
con el objetivo propuesto en los planes de lucha contra las Drogas: "Reducir
progresiva y sistemáticamente las causas y manifestaciones del problema
de las drogas en forma articulada a la política de paz."
Gráfica No. 1 Comparativo
Área Fumigada y Área Producción Cultivos de Uso no Licito
La aspersión aérea,
aunque insignificantemente, también ha estado acompañada con erradicación
mecánica o manual, alcanzando las 3.126 has en 1998, es decir, el 4,32%
del área asperjada. En 1999 disminuyeron aun más las actividades de erradicación
en manual, llegando a erradicarse únicamente 1.045 hectáreas, menos de
la mitad del año inmediatamente anterior.
Tabla No. 7 Hectáreas
Erradicadas Manual y/o Mecánicamente
Cultivo
|
1997
|
1998
|
1999
|
Coca
|
2.254
|
3.126
|
1.045
|
Amapola
|
345
|
181
|
174
|
Fuente: Informe Dirección
Nacional de Estupefacientes. 2000
5.1.2 Costo y Cantidades
de Glifosato aplicado
Según la Tabla No.
8, los costos incurridos [Al Igual que en el caso de la información relacionada
con el área erradicada, en materia de costos de la erradicación también
se encuentras diferentes fuentes de Información] en las labores de fumigaciones
durante el periodo allí presentado ascienden a US$113.062.582 para erradicar
303.702 has. de cultivos de uso no lícito con una aspersión de 711.761
galones de Glifosato. La mediana del costo por hectárea durante ese periodo
es de US$372 equivalentes en pesos a $858.948 [Calculados a una tasa representativa
de $2309] en el caso de la coca; para la amapola es de US$394 equivalentes
a $910.789. Se observa una tendencia creciente del precio de fumigación
por hectárea de coca que representa una crecimiento significativo entre
1994 y 2000 del orden del 188%; para el caso de la amapola es del 70%.
Tabla No. 8 Costos
incurridos para la Fumigación y Cantidades de Glífosato
Año
|
COCA
|
AMAPOLA
|
Has
Erradic
|
Galones
Aplicados
|
US$
Total
|
US$/ha
|
gls/ha
|
Has
Erradic
|
Galones
Aplicados
|
US$
|
US$/ha
|
gls/ha
|
1994
|
4.904
|
10.876
|
1.053.229
|
215
|
2
|
5.314
|
|
|
|
|
1995
|
25.402
|
67.196
|
7.352.726
|
289
|
3
|
5.074
|
|
|
|
|
1996
|
23.025
|
52.034
|
6.433.826
|
279
|
2
|
7.412
|
5.458
|
2.389.130
|
322
|
1
|
1997
|
44.123
|
117.619
|
16.433.889
|
372
|
3
|
7.333
|
5.538
|
2.739.986
|
374
|
1
|
1998
|
69.155
|
185.527
|
29.291.891
|
424
|
3
|
3.077
|
2.286
|
1.277.678
|
415
|
1
|
1999
|
44.195
|
121.131
|
21.611.406
|
489
|
3
|
8.434
|
6.499
|
4.105.119
|
487
|
1
|
2000
|
50.000
|
157.378
|
30.885.615
|
618
|
3
|
|
7.277
|
5.056.470
|
|
|
TOTAL
|
260.804
|
711.761
|
113.062.562
|
|
|
36.644
|
27.058
|
15.568.383
|
|
|
5.1.3 Incautación
de Precursores Químicos
El Consejo Nacional
de Estupefacientes, mediante Resolución 001 de 1 9S (modificada el 11
de agosto de 2000 por la Resolución 005), asignó a la Policía Nacional
la responsabilidad de ejecutar las operaciones y desarrollar el programa
de erradicación de cultivos ilícitos y a la Dirección Nacional de Estupefacientes
la responsabilidad de coordinar, controlar y supervisar la técnica y correcta
ejecución de la erradicación autorizada.
Las entidades operativas
de Seguridad del Estado (Policía Nacional, Ejercito Nacional, Fuerza Área,
Fuerza Naval, entre otras), dejan a disposición de la Dirección Nacional
de Estupefacientes, todas las sustancias sólidas y liquidas utilizadas
en el procesamiento de estupefacientes que son incautadas en los diferentes
operativos realizados en todo el territorio Nacional, la DNE tiene la
facultad por acto administrativo de disponer de todos los insumos incautados,
mediante donación a entidades oficiales, convenio con empresas privadas
en la transformación, neutralización y destrucción de las sustancias incautadas.
La Dirección Nacional
de Estupefacientes, mediante Resolución 009 de febrero 18 de 1987, establece
las cantidades para las cuales existe control a los precursores, que por
lo general se trata de cantidades superiores a cinco kilos (sólidos) y
cinco galones (líquidos) mensuales, excepto el Thiner, que supere los
110 galones mensuales.
Con el decreto número
1461 de 2000, la Dirección Nacional de Estupefacientes ordena la destrucción
de los insumos, sustancias precursoras y elementos que puedan servir para
el procesamiento de cocaína o cualquier otra droga que produzca dependencia,
si implican grave peligro para la salud y la seguridad pública.
La Dirección Nacional
de Estupefacientes, mediante resoluciones 07 de diciembre 1992 y 009 de
febrero 1987, en coordinación con las entidades responsables de las importaciones
tienen controladas las siguientes sustancias:
Los precursores,
o productos químicos, tienen diversos usos industriales entre los cuales
están (farmacéutica, cuero, galvanoplastia, petrolera, calzado, textil,
flexográfica, grasas y aceites, avícola, agrícola y en los análisis de
laboratorios) además son utilizados en el procesamiento de alcaloides
como cocaína y heroína. Para septiembre 27 de 2000 se han diligenciado
568 "certificados de insumos sólidos y líquidos" correspondientes
a 63 empresas de importación en el país.
En la Tabla No. 10
se presenta el total de los insumos sólidos y líquidos incautados en los
años 1997 hasta 1999 a disposición de la Dirección Nacional de Estupefacientes
los cuales reflejan una tendencia negativa, disminuyendo su incautación
un 65% entre 1997 y 1999.
Tabla No. 9 Sustancias
Controladas
Acetato
de Butilo
|
Cloroformo
|
Acetato
de Etilo
|
Diacetona
Alcohol
|
Acetato
de Isopropil
|
Disolvente
alifáticos 1 y 2
|
Acetona
|
Éter
Etilico
|
ÁCIDO
clorhídrico
|
Gasolina
|
Ácido
Sulfúrico
|
Hexano
|
ACPM
|
Kerosene
|
Alcohol
Butílico
|
Metanol
|
Alcohol
Isopropil
|
Metil
Etil Cetona
|
Amoníaco
|
Metil
Isobutil Cetona
|
Anhidrico
Acético
|
Permanganato
de Potasio
|
Carbonato
de Sodio
|
Thiner
|
Cemento
|
Tolueno
|
Urea
|
|
Fuente: Dirección
Nacional de Estupefacientes. Año 2000
Tabla No. 10 Total
Incautaciones de Insumos Sólidos
SUSTANCIA
|
1997
|
1998
|
1999
|
Bicarbonato
de sodio
|
3.447
|
9.853
|
52
|
Cal/oxido
de calcio
|
123.835
|
136.682
|
24.707
|
Carbón
Liviano
|
91.163
|
58.458
|
36.711
|
Carbonato
de Potasio
|
|
|
1.602
|
Carbonato
de sodio
|
1.661.132
|
470.196
|
529.645
|
Cemento
|
560.299
|
329.572
|
142.818
|
Cloruro
de Calcio
|
53.269
|
63.772
|
7.371
|
Cloruro
de Potasio
|
12.600
|
2.718
|
2.290
|
Cloruro
de sodio/sal Liviana
|
33.897
|
35.321
|
27.654
|
Hidróxido
de Potasio
|
|
|
485
|
Permanganato
de potasio
|
111.154
|
126.400
|
71.193
|
Permanganato
de sodio
|
1.300
|
236
|
404
|
Soda
Cáustica/hidróxido de Sodio
|
118.354
|
94.507
|
71.748
|
Sulfato
de Aluminio
|
|
50
|
|
Sulfato
de Sodio
|
4.500
|
2.535
|
5.755
|
Urea
|
78.907
|
18.262
|
62.685
|
TOTAL
INSUMOS SÓLIDOS
|
2.853.857
|
1.348.562
|
985.120
|
Fuente: Dirección
Nacional de Estupefacientes. Año 2000
En cuanto a los insumos
líquidos, Tabla No. 11, las incautaciones tuvieron una disminución del
41%.
Tabla No. 11 Total
Incautación de Insumos Líquidos
SUSTANCIA
|
1997
|
1998
|
1999
|
A.C.P.M.
|
80.845
|
32.420
|
8.455
|
Acetato
de Butilo
|
45.661
|
7.436
|
6.270
|
Acetato
de Etilo
|
21.289
|
72.698
|
25.812
|
Acetato
de Isopropil
|
|
|
1.680
|
Acetona
|
328.752
|
382.724
|
440.219
|
Acido
clorhídrico
|
111.392
|
94.785
|
37.917
|
Acido
Sulfúrico
|
115.889
|
370.741
|
75.807
|
Alcohol
Isopropilico
|
75.299
|
84.567
|
15.683
|
Amoniaco
|
72.747
|
58.758
|
32.798
|
Anhidrico
Acético
|
144
|
6.838
|
2.620
|
Butanol
|
5.981
|
14.267
|
200
|
Cloroformo
|
193
|
37
|
122
|
Cloruro
de Metileno
|
200
|
5
|
110
|
Diacetona
Alcohol
|
572
|
|
|
Disolvente
Alifatico N1
|
104.013
|
150.813
|
49.497
|
Disolvente
Alifatico N2
|
55.888
|
49.419
|
1.719
|
Eter
Etílico
|
84.559
|
41.068
|
54.421
|
Gasolina
|
318.992
|
220.894
|
163.960
|
Hexano
|
15.546
|
12.440
|
9.502
|
Isobutanol
|
|
2.090
|
|
M.E.C.
|
200.675
|
270.929
|
23.356
|
Metanol
|
56.835
|
100.998
|
71.077
|
Metil
Isobutil Cetona
|
7.895
|
12.710
|
14.540
|
Petróleo
/ Kerosene
|
17.527
|
22.550
|
34.257
|
Thiner
|
165.309
|
165.804
|
58.820
|
Tolueno
|
55.759
|
83.315
|
24.566
|
TOTAL
INSUMOS LÍQUIDOS
|
1.941.962
|
2.258.306
|
1.153.408
|
Fuente: Dirección
Nacional de Estupefacientes. Año 2000
En la Tabla No. 12,
se presentan las sustancias incineradas por parte de las instituciones
de Defensa y Control del Estado en los últimos 6 años:
Tabla No. 12 Sustancias
Destruidas e incineradas
Sustancia
|
1994
|
1995
|
1996
|
1997
|
1998
|
1999
|
TOTAL
|
Sólidos
(kilos)
|
525.873
|
3’503.410
|
2’274.603
|
2853.857
|
1‘348.562
|
988.667
|
11’494.972
|
Líquidos
(galones)
|
1753.314
|
1’186.697
|
2’799.414
|
1.941.962
|
2’258.306
|
1’182.549
|
1.153.408
|
Fuente: "Cultivos
ilícitos. Erradicación e impacto Ambiental" DNE, junio de 2000.
De acuerdo con el
informe de junio de 2000, la Dirección Nacional De Estupefacientes manifiesta
que "No cuenta con la infraestructura y la capacidad económica para
el manejo técnico y la disposición final de los insumos incautados al
narcotráfico; además, la entidad se propone y viene realizando en dos
sentidos las actividades para minimizar Ja problemática de las sustancias
químicas incautadas":
1- Utilización de
sustancias: La ONE inició en el año 1999 un proyecto de transformación
de ácidos minerales en sales útiles en la potabilidad de agua en el acueducto
Municipal de Villavicencio.
2- Destrucción de
sustancias: a) La Dirección tiene la iniciativa de incinerar los envases
plásticos de agro-tóxicos y por tal motivo diseñó incineradores móviles
para la destrucción de solventes. b) Existe un acuerdo con ECOPETROL para
que sean reutilizados algunos solventes como solventes alifáticos 1 y
2. Durante el año 1999 ECOPETROL recibió 73.033 kilogramos de dichas sustancias.
c) Neutralización de ácidos, disolución de sales: con agua y quema de
solventes. Esta iniciativa de neutralización es muy costosa para la entidad.
5.1.4 Actividades
Antinarcóticos en el ámbito Nacional
Uno de los principales
logros del Estado Colombiano, reportado por la Policía Nacional, es el
desmantelamiento de los "carteles de la droga" organizadas en
las diferentes regiones del país y la captura de 21.168 personas en el
año 1999, con un aumento del 15,8% en relación con al año anterior; igualmente,
un aumento de decomisos de insumos sólidos (soda cáustica, carbonato liviano,
cemento, cal entre otros) de 33% y disminución de insumos líquidos (gasolina,
éter, ácido sulfúrico, etanol entre otros) de 49,1% y droga incautada
(cocaína, marihuana, base de coca, entre otros), que disminuyó en 21,9%.
En la tabla siguiente
se presenta el total de las actividades antinarcóticos que los organismos
de seguridad del Estado Colombiano han realizado desde el año 1990 hasta
1999.
Tabla No. 12. Actividades
Antinarcóticos en el ámbito Nacional 1990-1999.
Años
|
Total
Capturas de Personas
|
Total
Drogas Incautadas (Kilos)
|
Total
Insumos Sólidos (Kilos)
|
Total
Insumos Líquidos (Galones)
|
Total
Elementos Incautados (Unidades)
|
1990
|
6.253
|
1.309
|
202.458
|
1.152095
|
78.537
|
1991
|
6.349
|
1.239
|
333.056
|
749.061
|
18.905
|
1992
|
6.770
|
483
|
355.584
|
764.166
|
17.458
|
1993
|
8.136
|
763
|
233.781
|
671.586
|
35.654
|
1994
|
7.221
|
1.394
|
528.715
|
1.782.354
|
17.817
|
1995
|
8.053
|
2.664
|
642.780
|
1.277.079
|
30.095
|
1996
|
5.703
|
132.794
|
1.125.817
|
2.010.722
|
42.033
|
1997
|
10.711
|
171.431
|
999.020
|
1.867.129
|
372.918
|
1998
|
18.276
|
134.785
|
1.346.756
|
1.811.361
|
55.365
|
1999
|
21.168
|
105.287
|
1.390776
|
923.768
|
28.189
|
Fuente: Centro de
Investigaciones Cnmínológ¡caS. Policía Nacional, Santa Fe de Bogotá. 2000.
En el año 1999, sé
incautaron 28,189 elementos al narcotráfico, como amias, aeronaves, laboratorios
destruidos, embarcaciones, entre otros. En su conjunto, los elementos
incautados con relación al año anterior disminuyeron en 49,1%.
5.1.5 Auditoría Ambiental
La Dirección Nacional
de Estupefacientes, contrató los servicios de una Auditoria Ambiental
para hacer el seguimiento y evaluación de resultados de las fumigaciones
de los cultivos de uso no licito, de acuerdo con lo planteado en el convenio
78-05-91; celebrado entre los gobiernos de Estados Unidos de Norte América
y la República de Colombia el 30 de septiembre de 1991. Esta "Auditoria
Ambiental" tiene el objeto de controlar y supervisar la técnica y
correcta ejecución de la estrategia de erradicación autorizada por el
Gobierno Nacional.
Para poner en funcionamiento
esta auditoria, la UNE suscribió entre otros los siguientes contratos,
de manera consecutiva con el Ingeniero Forestal Luis Eduardo Parra.
CONTRATO NÚMERO 025
DE 1992 OBJETIVO: "El contratista se compromete para con el FONDO
a prestar sus servicios como director de la Auditoria Ambiental bajo la
realización de tres (3) etapas tal y como más adelante se describen, y
a elaborar una cartografía actualizada, con el mayor detalle posible,
sobre la localización de los cultivos de amapola y otros cultivos ilícitos
(cocaína, marihuana etc.) a nivel nacional y su afectación de sitios de
interés ecológico como parques naturales o ecosistemas importantes llámense
cuerpos de agua (lóticos y lénticos), bosques protectores, reservas naturales,
áreas pobladas y áreas críticas ambientales, tal y como se describe en
las tres (3) etapas."
VALOR: $26 millones
de pesos. ($8.6 millones mensuales más viáticos)
PLAZO DE EJECUCIÓN:
90 días calendario, contados a partir del 2 de junio de 1992.
OBSERVACIONES: No
se encuentran Términos de Referencia ni Hoja de vida del contratista.
El contratista no
cumplió con la cartografía ni con las etapas descritas en el objetivo
del contrato con lo cual se violó la cláusula primera del mismo, sin embargo
se le adjudicó el siguiente contrato (032/92).
Los informes del
contratista difieren en contenido y conceptos, con el informe del ICA,
emitido en abril del mismo año. Los informes del contratista son una relación
de actividades tales como reconocimientos de áreas, erradicación y consideraciones
generales, que reflejan el cumplimiento de funciones de acompañamiento
y verificación de la fumigación pero no reflejan un trabajo de auditoría
ambiental tal como lo establecen las obligaciones del contrato.
CONTRATO NUMERO 032
DE 1992
OBJETIVO: "El
contratista se compromete para con el fondo a realizar la Auditoria Ambiental
sobre la aplicación del Glifosato en las diferentes regiones del país
en desarrollo de los cual se deberá cumplir y tener en cuenta las siguientes
labores y objetivos.
Seguimiento estricto
de las operaciones de erradicación de la amapola con énfasis en la aplicación
de Glifosato en las diferentes regiones del país: tomando en consideración
los criterios técnicos y operacionales así como las limitaciones de su
aplicación.
Participación científica
en las actividades de planificación especialmente de sobrevuelo de reconocimiento,
cuantificación de áreas sembradas con amapola, determinación de principales
ecosistemas afectados por la siembra de amapola, utilización de dosis
adecuada de Glifosato, verificación de equipos, rendimiento, técnicas
de aplicación etc.
Determinación cualitativa
y cuantitativa hasta donde es posible de eventuales efectos ambientales
ocasionados por la fumigación aérea de cultivos ilícitos de amapola. Igualmente
suministro de información permanente a la Dirección Nacional de Estupefacientes
(DNE) acerca de la magnitud de -la deforestación causada sobre los bosques
en las diferentes zonas de vida, para que por su intermedio se coloque
en conocimiento de las Instituciones que tienen a su cargo el manejo de
estos recursos estratégicos de la Nación."
VALOR: $18 millones
de pesos ($2 millones mensuales más viáticos).
PLAZO DE EJECUCIÓN:
9 meses contados a partir del 8 de septiembre de 1992.
OBSERVACIONES: No
se encuentran Términos de Referencia ni Hoja de vida del contratista.
CONTRATO NÚMERO 086
DE 1994
OBJETIVO: "El
contratista se compromete en virtud del presente contrato a efectuar el
seguimiento In-situ permanente de las actividades de erradicación para
ajustar y mostrar la bondad en términos de eficiencia, rendimiento y menores
impactos ambientales de los diferentes tratamientos (manuales, mecánicos
y químicos) seleccionados para la destrucción de los cultivos ilícitos."
VALOR: $73,8 millones
de pesos. ($6.150.000 mensuales mas viáticos)
PLAZO DE EJECUCIÓN:
12 meses, contados a partir de 1 de octubre de 1994.
OBSERVACIONES: No
se designó interventor. No existen términos de referencia, hoja de vida
ni informes, sin embargo se le adjudica el siguiente contrato.
CONTRATO NÚMERO 065
DE 1995
OBJETIVO: "El
contratista se compromete en virtud del presente contrato a efectuar el
seguimiento in-situ permanente de las actividades de erradicación de cultivos
ilícitos y a proveerlas de un control ambiental que involucre en términos
de eficiencia, la prevención y aminoración de los impactos desfavorables
sobre el ambiente en su doble dimensión: el ámbito biofísico y el ámbito
socioeconómico y cultural, de los diferentes tratamientos (manuales, mecánicos
y químicos) seleccionados para la destrucción de los cultivos ilícitos,
todo de acuerdo con la propuesta de fecha 25 de septiembre de 1995."
VALOR: $101.250.000.
($8.437.500 mensuales más viáticos)
PLAZO DE EJECUCIÓN:
12 mases, contados a partir de 18 de octubre de 1995.
OBSERVACIONES: No
se halló carpeta con el contrato. No sé encontraron las estadísticas de
carácter regional, municipal o departamental pactadas en el contrato,
ni recomendaciones, con lo cual se incumple la cláusula segunda en los
numerales 3 y 4 de su parágrafo.
Igualmente no se
hallaron las constancias de cumplimiento suscritas por el supervisor del
contrato, tal como lo estipula la cláusula tercera del mismo. Existen
obligaciones del contratista descritas en la segunda cláusula, que ya
habían sido contratadas en el contrato 086/94 en la segunda cláusula.
CONTRATO NÚMERO 082
DE 1996
OBJETIVO: "El
contratista se compromete en virtud del presente contrato a efectuar el
seguimiento in-situ permanente de las actividades de erradicación de
cultivos ilícitos
y a proveerlas de un control ambiental que involucre en términos de eficiencia,
la prevención y aminoración de los impactos desfavorables sobre el ambiente
en su doble dimensión: el ámbito biofísico y el ámbito socioeconómico
y cultural, de los diferentes tratamientos (manuales, mecánicos y químicos)
seleccionados para la destrucción de los cultivos ilícitos, todo de acuerdo
con la propuesta de fecha 31 de octubre de 1996."
VALOR: $120 millones
de pesos iniciales y una adición de $60 millones de pesos para un total
de $180 millones de pesos. ($13.846.154 mensuales más viáticos)
PLAZO DE EJECUCIÓN:
11 meses, contados a partir del 5 de diciembre de 1996 y por la adición
del contrato por 2 meses, es decir 13 meses, hasta el 5 de enero de 1998.
OBSERVACIONES: Se
contrató exactamente el mismo objeto del inmediatamente anterior pero
por un valor promedio mes de casi 14 millones de pesos. Se aprobaron adiciones
de tiempo y cuantía sin visto bueno y concepto del supervisor. Se tramitaron
y adjudicaron solamente mediante solicitud del contratista o de funcionarios
sin esa potestad.
Los informes presentados
se limitan a describir la participación en reuniones interinstitucionales,
reconocimientos aéreos y consideraciones generales. Sobre los aspectos
sustanciales de la erradicación y sus impactos ambientales solamente aparece
su titulo como en los informes correspondientes a los meses de Mayo a
julio.
CONTRATO NÚMERO 001
DE 1998
OBJETIVO: "El
contratista en virtud del presente contrato, se compromete para con la
Dirección a efectuar el seguimiento posible y periódico, de carácter in-situ
de las actividades de erradicación, con énfasis en la aplicación del herbicida
en las diferentes zonas del país, teniendo en cuenta los parámetros ambientales
del tratamiento, las particularidades ambientales de cada región biogeográfica
y las limitaciones de su aplicación, para ajustar y mostrar los resultados,
en los términos de eficiencia, rendimiento y menores impactos ambientales,
de los diferentes tratamientos (manuales, mecánicos y químicos) seleccionados
para la destrucción de los cultivos ilícitos."
VALOR: $129.790.000.00
y una adición de $32.425.500 de pesos para un total de $162,215,500 de
pesos. ($32.425.000 mensuales mas viáticos)
PLAZO DE EJECUCIÓN:
4 meses, 24 días contados a partir del 8 de enero de 1998 y por la adición
del contrato un (1) meses, es decir 5 meses, hasta el 8 de junio de 1998.
OBSERVACIONES: Se
trata de la continuidad de los contratos anteriores, para la realización
de las mismas actividades, nuevamente a precisos diferentes. Con ocasión
de quejas presentadas por derrames de Glifosato en cercanías a la Base
de Larandia, se estableció la verificación "in situ" mas detallada
sobre el lugar de la emergencia, con el fin de planificar un muestreo
de agua, suelo y vegetación que permitiera evaluar cualitativamente los
efectos ambientales causados por dicho evento, para lo que se elaborarla
un un informe consolidado de la Auditoria Ambiental, que no existe en
los archivos consultados.
CONTRATO NÚMERO 019
DE 2000
OBJETIVO: "El
contratista en virtud del presente contrato, se compromete con la Dirección
Nacional de Estupefacientes a realizar el seguimiento periódico "in-situ"
de las actividades de erradicación de cultivos ilícitos, con énfasis en
la aplicación de herbicidas en las diferentes zonas del país, teniendo
en cuenta los parámetros ambientales del tratamiento, las particularidades
ambientales de cada región biogeográfica y las limitaciones de su aplicación,
para ajustar y mostrar los resultados en términos de eficiencia, rendimientos
y menores impactos ambientales de los diferentes tratamientos (manuales,
mecánicos y químicos) seleccionados para la destrucción de los cultivos
ilícitos, de conformidad con los términos de referencia y la propuesta
del contratista, documento que forma parte integrante del presente contrato."
VALOR: $14,2 millones
de pesos y una adición de $11,8 millones para un total de $26,0 millones
de pesos. ($4.727.272 mensuales mas viáticos)
PLAZO DE EJECUCIÓN:
3 meses contados a partir del 28 de julio de 2000 y por la adición al
contrato un (1) mes y 15 días, es decir 5 meses y medio hasta el 13 de
diciembre de 2000.
En resumen, en la
Tabla No. 13 se presenta una síntesis de los contratos para la ejecución
de la auditoria ambiental. La inversión realizada por la DNE asciende
a $ 1.047.962.210, a pesos de 2000.
Tabla No. 13 Relación
Contratos Auditoría Ambiental
No.
Contratos
|
Valor
Contrato
|
Valor
Adición
|
Valor
Total a Precios Corrientes
|
Valor
Total a Precios Constantes 2000
|
Duración
Total Contratos Meses
|
Costo
Promedio Mensual
|
025-1992
|
26.000.000
|
NO
|
26.000.000
|
92.626.138
|
3
|
30.875.379
|
032-1992
|
18.000.000
|
NO
|
18.000.000
|
64.125.788
|
9
|
7.125.088
|
086-1994
|
73.800.000
|
NO
|
73.800.000
|
174.932.722
|
12
|
14.577.727
|
065-1995
|
101.250.000
|
NO
|
101.250.000
|
200.903.366
|
12
|
16.741.947
|
082-1996
|
120.000.000
|
60.000.000
|
180.000.000
|
293.645.926
|
13
|
22.588.148
|
001-1998
|
129.790.000
|
32.425.500
|
162.215.500
|
192.694.939
|
5
|
38.538.988
|
063-2000
|
3.000.000
|
NO
|
3.000.000
|
3.000.000
|
1
|
3.000.000
|
019-
2000
|
14.200.000
|
11.833.333,30
|
26.033.333,30
|
26.033.333
|
5,5
|
4.733.333
|
Total
|
|
|
|
1.047.962.210
|
60,5
|
|
Fuente: Dirección
Nacional de Estupefacientes. Informes de Auditoria
La Gráfica No. 2,
nos permite apreciar la dispersión de los costos promedios mensuales,
que van desde los $3.000.000 hasta los $38.000.000, para el cumplimiento
de los mismos objetivos, sin que exista una razón que explique estos costos.
Gráfica No. 2 Diagrama
de Dispersión Costo Contratos de Auditoria
Ya desde 1992, la
Oficina de Programación de la NAS había advertido acerca de los aparentemente
injustificados costos de la Auditoria Ambiental, contenidos en la comunicación
136246 dirigida al Director Nacional de Estupefacientes de ese entonces,
por el Sr. Brian R. Stickney.
Esta situación resulta
más preocupante cuanto, como se indica en los párrafos siguientes, la
UNE no ha presentado satisfactoriamente un Plan de Manejo Ambiental al
Ministerio del Medio Ambiente, en cumplimiento de las disposiciones legales
vigentes, que debió ser elaborado justamente con la información aportada
por la Auditoría Ambiental. Bien por el contrario, en la Resolución 0341
del 4 de mayo de 2001 el Ministerio ordena a la DNE la contratación de
una Auditoría Ambiental indpendiente.
5.2 MINISTERIO DEL
MEDIO AMBIENTE
La erradicación de
cultivos de usos no lícitos con aspersión aérea de Glifosato se considera
una actividad del régimen de transición, razón por la cual el Ministerio
exigió a ONE la presentación del Plan de Manejo Ambiental de dicha actividad.
El expediente No.
793 abierto en el Ministerio consta de diez capítulos y se ha evaluado
con base en los Términos de Referencia por: la Dirección General de Ecosistemas,
la Subdirección Planificación y Manejo de la Unidad Administrativa Especial
de Parques Nacionales Naturales, Oficina de Educación Ambiental, Participación
ciudadana y Educación, además se ha contado con la colaboración técnica
del ¡CA. Cada una de las dependencias ha realizado sus respectivos pronunciamientos
con los requerimientos, los cuales se han unificado en conceptos técnicos.
A continuación se
describen algunas de las actuaciones encontradas en el expediente:
20-10-95 Mediante
Auto No. 741, se requirió a la Dirección Nacional de Estupefacientes -DNE
- un diseño de Estudio de Campo sobre la aplicación a base de Glifosato
para la región Amazonía, Orinoquía en él termino de dos (2) meses.
31-12-95 Auto No.
883 rechaza recurso contra Auto 741 del 20-10-95.
27-06-96 Concepto
Técnico No. 0310. Considera viable incluir el diseño de campo en el Plan
de Manejo Ambiental que entregara la Dirección Nacional de Estupefacientes
para aprobación.
13-08-96 Auto No.
557a Se rechazó el recurso de reposición y subsidio de apelación interpuesto
por la Dirección Nacional de Estupefacientes contra el Auto No. 741 del
20-10-95.
13-08-96 Auto 558a.
Dispone presentar Plan de Manejo Ambiental conforme a Términos de Referencia
19-12-96 Auto 853
Admite recurso contra Auto 5588 y ordena suspensión de realización del
Plan de Manejo Ambiental, notificado el 27-01-97.
30-04-97 Auto 278,
Aclaró el articulo segundo del auto 853-19-12-96, fijando un plazo de
15 días para presentar observaciones y objeciones a los Términos de Referencia
establecidos en el Auto 5588 del 13-08-96
29-07-97 Auto 505,
por el cual se ordena la no conformación de un comité y la presentación
del Plan de Manejo Ambiental por parte de la Dirección Nacional de Estupefacientes
en un plazo de treinta días.
15-09-97 Auto No.
648 por el cual se resuelve el recurso de reposición Interpuesto por la
UNE contra el auto 505 del 29- 07-97 y dispone entre otros aspectos, prórroga
de cinco meses para presentar Plan de Manejo Ambiental.
22-07-98 Fija fecha
de entrega del Plan de Manejo Ambiental para el 30-07-98 a las 10AM.
08-10-98 Se solicita
a la Dirección Nacional de Estupefacientes anexar folios correspondientes
al capitulo siete (7) "Identificación y Evaluación de Impactos Ambientales"
02-10-98 Se requiere
concepto Técnico del Instituto Colombiano de Agricultura ICA sobre las
condiciones de aplicación del herbicida, allegando la Información del
anexo 2.
29-10-98 Hace aclaración
a ICA que no es anexo 2, sino capitulo III del Plan de Manejo Ambiental
13-11-98 Nuevamente
requiere a la Dirección Nacional de Estupefacientes el Capitulo VII.
27-11-98 Nuevamente
requiere a la Dirección Nacional de Estupefacientes el capítulo VII. Identificación
y Evaluación de Impactos Ambientales.
21-12-99 Emite concepto
técnico No. 41 9-99 Se solicita información adicional a la UNE.
23-12-99 Mediante
auto 599 se requiere a la UNE información complementaria al Plan de Manejo
Ambiental. Notificado el 25 de enero de 2000
29-03-2000 Mediante
auto 143 resuelve el recurso de reposición ante auto 599 del 23-12-99
, y fija como término de entrega de información (3) meses a partir de
la ejecutoria. Notificado el 3-05-2000.
04-05-2001 Mediante
resolución 341 el Ministerio rechaza el Plan de Manejo Ambiental presentado
por la UNE y decide imponer el Plan de Manejo Ambiental Definitivo que
garantice el adecuado manejo ambiental de esta actividad, así como la
contratación de una auditoria ambiental independiente.
Esta última actuación
merece especial atención pues evidencia claramente cuales han sido las
deficiencias que han presentado en la ejecución de la política, al establecer
que la documentación allegada por la DNE no ha respondido a los alcances
y objetivos definidos en los términos de referencia, ni a los requerimientos
de información que el Ministerio ha solicitado en reiteradas ocasiones.
Igualmente, evidencia la ausencia de una evaluación de la oferta y vulnerabilidad
de los ecosistemas y recursos naturales particulares contenido al interior
de las zonas nucleadas de cultivos ilícitos objeto del programa sobre
la cual desde el punto de vista técnico se pueden determinar ~‘ diferenciar
los ecosistemas ambientalmente críticos, sensibles y de importancia ambiental,
así como las áreas que deben ser excluidas, tratadas o manejadas de manera
especial en desarrollo y ejecución del programa" [Resolución No.
341 del 4 de mayo de 2001, hoja No. 4], convirtiéndose estos aspectos
en elementos de juicio para establecer cuál ha sido la dimensión e integralidad
de la variable ambiental en el proceso de erradicación por aspersión.
En síntesis, de todo
este proceso que se ha generado han pasado cerca de ocho años desde que
se ordenara la presentación del Plan de Manejo Ambiental para la erradicación
de cultivos ilícitos por aspersión aérea, como medida fundamental para
la preservación y/o mitigación de los potenciales efectos de esta política
pública, sin que se hubiera cumplido satisfactoriamente, lo que significa
que su ejecución se ha realizado contrariando las normas vigentes en materia
ambiental.
5.3 EL PLAN NACIONAL
DE DESARROLLO ALTERNATIVO (PLANTE)
El Plan Nacional
de Desarrollo Alternativo (PLANTE) fue creado mediante la Ley 368 de 1997,
como parte del "Plan Nacional: Compromiso de Colombia frente a las
Drogas". Actualmente, el objetivo general del PLANTE es disminuir
la participación de la población vinculada directa o indirectamente a
los cultivos ilícitos, contribuyendo a su sustitución, a través de la
generación de procesos regionales y locales de construcción de alternativas
sociales y económicas licitas, financiera y ambientalmente sostenibles,
y actuar como instrumento facilitador y dinamizador del proceso de paz.
[Página internet www.presidencia.gov.co/Pnda]
El PLANTE se está
desarrollando en 96 municipios de 11 departamentos localizados en tres
grandes zonas agroecológicas, a saber: a) Andina (Cauca, Bolívar y Norte
de Santander y Centro - Tólima y Huila); Amazonia (Caquetá,
Putumayo y Guaviare)
y; Orinoquía (Meta y Guanía); a través de los siguientes programas: Reasentamientos;
Proyectos productivos regionales; Fortalecimiento institucional y comunitario;
Infraestructura rural; Tecnología y producción: Recuperación de áreas
frágiles y de Importancia ambiental y; Apoyo a pueblos indígenas.
El programa ha variado
su unidad de análisis, cambiando el énfasis de lo municipal por el interés
hacia procesos regionales. Lo que se busca es la formulación e implementación
de Planes Regionales de Desarrollo Alternativo, basados fundamentalmente
en la participación de las comunidades.
El PLANTE, funciona
con dineros de crédito BID [Contrato de Préstamo No. 984 /OC – CO] US$
90 millones (60%), y dineros de cofinanciación del Gobierno Nacional por
US$ 60 millones (40%). El programa, en las vigencias 97, 98 y 99 ha ejecutado
US$ 37,534 millones, es decir, el 27.55% discriminados en US$15.459 de
recursos locales y US$ 22,074 de recursos del BID. [CIDER - UNIANDES (2000)
p 31]
Se han desarrollado
proyectos en la Sierra Nevada de Santa Marta, en el Cauca, el Guaviare,
el Caquetá y el Putumayo, con el apoyo del Fondo de las Naciones Unidas
para la Fiscalización del uso indebido de drogas, UNFDAC.
En términos de gestión
financiera y contable, el PLANTE muestra resultados satisfactorios y en
ese sentido "los Estados Financieros ...correspondientes al periodo
de 1999, presentan razonablemente la situación financiera de las transacciones
de Caja e Inversión de los recursos obtenidos de acuerdo con normas, prácticas
y principios de contabilidad generalmente aceptados. Sin embargo, es conveniente
manifestar que existen contratos sin liquidar que afectan la Inversión
Preliminar y la Definitiva, por tal motivo es necesario que el PLANTE
implemente y ejecute un Plan de Mejoramiento, que en corto plazo corrija
las deficiencias de Control Interno y de Gestión, observadas en la Auditoria
de lo contrario, se puede ver afectada la razonabilidad de los Estados
Financieros". [CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA (2000). Dictamen.]
El programa cuenta
con una Auditoria Técnica y una Ambiental que ha venido siendo desarrollada
por la Universidad de los Andes, a través, del Centro Interdisciplinario
de Estudios Regionales (CIDER) y del Centro de Estudios sobre el Desarrollo
Económico (CEDE), respectivamente.
Específicamente,
el monitoreo ambiental de los proyectos PLANTE, contempla el análisis
de los siguientes elementos: Gestión Ambiental Institucional, Participación
Social Ambiental, Alternativas Tecnológicas Apropiadas, Gestión Ambiental
de Proyectos y Ordenamiento Territorial. Se parte de la base de que el
desarrollo alternativo debe buscar la recuperación y el manejo sostenible
de áreas frágiles y la inclusión de la dimensión ambiental en los proyectos
PLANTE y se trata de evaluar este proceso como una propuesta de estabilización
económica, ambiental y social. [CEDE-UNIANDES (1999)]
Es necesario resaltar
el hecho de que el PLANTE, en las etapas iniciales, tuvo un alto énfasis
en el componente de infraestructura y sólo hasta "el 24 de noviembre
de 1999, el Banco Interamericano de Desarrollo, mediante oficio CCO-3415/AG-
0089-C/99, informa al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la evaluación
favorable para efectuar una modificación al Contrato del Préstamo 984/OC-CO
con el objeto de incluir un nuevo componente denominado "Proyectos
Productivos Regionales" por la suma de US $15.000.000, los cuales
se transfirieron del componente de Infraestructura de Desarrollo Rural
cuyo presupuesto estimado era de US$66.100.000 con su correspondiente
contrapartida nacional" [CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (2000)]
esto con la intención, según la Coordinadora del Programa Plante –BID
[Conversación con la Dra. Adalgisa Laverde.], de incrementar la inversión
en proyectos de tipo ambiental.
En la Tabla No.14
se observa la distribución de la inversión según el componente. Del total
de proyectos el más representativo fue el infraestructura de Desarrollo
Rural que equivale a un 36.34% seguido de fortalecimiento Institucional
Comunitario con el 30.15%. La inversión más baja se realizó en el componenete
de apoyo a pueblos indígenas con el 9.10% y a recuperación ambiental con
4.01%
Tabla No. 14 Número
de Proyectos por Componente
|
Caquetá
|
Guaviare
|
Putumayo
|
Subtotal
|
%Comp.
|
Total.Nal/comp.
|
Apoyo
a Pueblos Indígenas
|
1
|
0
|
23
|
24
|
6.72
|
109
|
Fortalecimiento
Institucional
|
28
|
25
|
48
|
101
|
28.29
|
361
|
Infraestructura
de Desarrollo Rural
|
76
|
31
|
29
|
136
|
38.09
|
435
|
Recuperación
Ambiental
|
8
|
5
|
5
|
18
|
5.04
|
48
|
Tecnología
y Producción
|
38
|
10
|
30
|
78
|
21.8
|
244
|
Total
|
151
|
71
|
135
|
357
|
100
|
1197
|
Fuente: PLANTE
De otro lado, aunque
predominan los proyectos mencionados anteriormente, se observa que para
el año 99 se modifica sustancialmente la estructura de la inversión del
PLANTE en cuanto a sus componentes, restando Importancia a la Infraestructura
de Desarrollo Rural y predominando el Fortalecimiento Institucional. No
obstante lo anterior, ni los programas de recuperación ambiental ni el
apoyo a pueblos Indígenas han logrado importancia dentro de la estrategia
del PLANTE, a sabiendas que son los elementos motores para lograr un verdadero
desarrollo en las regiones en donde se está Implementando el programa,
según se observa en la Tabla No. 15.
A nivel de convenios
para la ejecución de proyectos en Caquetá, el Fondo Plante presentó el
56.95%, DRI 37.74%, y FONADE 5.29%; en el Departamento de Guaviare para
el Fondo Plante 49,29%, DRI 43,66% y FONADE 1,40%; en Putumayo DRI 57,77%,
Fondo Plante 33,33 %, y FONADE 8,88 %; y por último, en Norte de Santander
el Fondo Plante 50% y el DRI 50%.
Tabla No. 15 Comportamiento
por Componente Proyecto Plante
Componente
|
1997
|
Part
|
1998
|
Part
|
1999
|
Part
|
Total
3 Departamentos
|
Part.
|
Apoyo
a Pueblos Indígenas
|
1
|
1%
|
6
|
5%
|
17
|
22%
|
24
|
7%
|
Fortalecimiento
Institucional
|
34
|
23%
|
19
|
14%
|
47
|
62%
|
100
|
28%
|
Infraestructura
de Desarrollo Rural
|
89
|
60%
|
41
|
31%
|
6
|
8%
|
136
|
38%
|
Recuperación
Ambiental
|
5
|
3%
|
13
|
10%
|
0
|
0%
|
18
|
5%
|
Tecnología
y Producción
|
19
|
13%
|
53
|
40%
|
6
|
8%
|
78
|
22%
|
Total
|
148
|
|
132
|
|
76
|
|
356
|
100%
|
Tabla No. 18 Convenios
para Ejecución de Proyectos.
Componente
|
Caquetá
|
%
|
Guaviare
|
%
|
Putumayo
|
%
|
Nte
Stder
|
%
|
Total
Nal.
|
DRI
|
57
|
37.7
|
31
|
43.7
|
78
|
57.8
|
5
|
50.0
|
605
|
FONADE
|
8
|
5.3
|
5
|
1.4
|
12
|
8.9
|
0
|
|
148
|
FONDO
PLANTE
|
86
|
56.9
|
35
|
49.3
|
45
|
33.3
|
5
|
50.0
|
144
|
Total
Deptal
|
151
|
100
|
71
|
100
|
135
|
100
|
10
|
100
|
1197
|
Fuente: PLANTE
Con base en la Información
suministrada por el Fondo Plante los costos totales de los proyectos para
el periodo 1997 - 1999 ascendieron a la suma de $36.980.666.385.oo, con
una inversión total de $46.635.975.383.oo y el valor ejecutado cancelado,
de acuerdo con los reportes, es el correspondiente a $1 2.976.358.478.oo.
6 EVALUACION DE GESTION
6.1 CUMPLIMIENTO
DE LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL Y SISTEMA DE CONTROL AMBIENTAL
6.1.1 Cumplimiento
de la Normatividad Ambiental
Existe una marcada
diferencia entre la formulación de la política y la ejecución de la misma.
Las normas que la regulan: resolución 0001 del 11 de febrero de 1994 y
0005 del 11 de agosto de 2000, prevén sistemas de coordinación interinstitucional,
control ambiental, evaluación de resultados, manejo especial en áreas
de reservas naturales y programas de rehabilitación social y económica
al Igual que procedimientos para efectuar la fumigación, aspectos que
en el proceso de ejecución no han operado como fue previsto.
Tras 17 años de ejecución
de los distintos programas o planes de erradicación forzosa, se continúan
repitiendo los mismos errores. No se ha Implementado un adecuado sistema
de control lo que ha derivado en el incumplimiento de la normatividad
ambiental por parte de las autoridades responsables en sus diferentes
aspectos, así como un alto grado de Ineficiencia y descoordinación entre
las distintas entidades del Estado.
En principio, y dado
que la fumigación con Glifosato es una actividad, en materia ambiental,
del régimen de transición, según lo estableció el Decreto 1753 de 1994,
solo requerirá para su funcionamiento el plan de manejo ambiental. Sin
embargo, y analizado el expediente No 793 del Ministerio del Medio Ambiente,
se puede establecer la falta de diligencia de la DNE al no presentar con
prontitud los requerimientos formulados en los diferentes autos y los
requisitos técnicos solicitados, no obstante coincidir con los objetivos
que debería cumplir la Auditoria Ambiental contratada de manera continua
desde 1992. No de otra manera se explica que, en julio de 1998 cuando
la Dirección entrega al Ministerio el supuesto Plan de Manejo Ambiental,
omite el capitulo de identificación y evaluación de los impactos ambientales;
situación similar se presentó en las entregas adicionales que hace la
DNE el 17 de diciembre de 2000 y el 30 de diciembre de 2001, pues la información
entregada no cumplía con los requerimientos del auto 588A de 1996, en
donde se fijaron los términos de referencia del mismo.
La demora reiterada
del análisis de la Información reportada por la DNE al Ministerio y la
permisividad de éste, en su calidad de máxima autoridad ambiental, evidencia
que no ha tenido la diligencia necesaria y suficiente para hacer cumplir
la misión constitucional proteger, prevenir y mitigar los efectos negativos
sobre el medio ambiente.
Existiendo evidencias
suficientes del impacto ambiental negativo de la erradicación forzosa
por aspersión aérea de cultivos de uso no licito, las cuales han sido
reportadas por las distintas autoridades regionales y locales, así como
por la Defensoría del Pueblo y que han suscitado amplias manifestaciones
de rechazo y cuestionamiento a nivel nacional como internacional, no se
realiza un verdadero seguimiento y control a la política de erradicación
en tanto no esté aprobado el Plan de Manejo Ambiental.
La demora en la presentación,
ejecución y cumplimiento a cabalidad del Plan de Manejo Ambiental por
parte de la DNE incide en la ejecución y aplicación de medidas preventivas,
correctivas y de compensación aplicables a los ecosistemas objeto de fumigación
afectados tanto por la producción como por la erradicación.
De lo anterior se
puede establecer que no existe voluntad política suficiente para integrar
la variable ambiental a la ejecución del programa de fumigación, no obstante
que la constitución establece el desarrollo sostenible como principio
rector del plan de desarrollo basado en el uso racional de los recursos
naturales como base de sustento de vida y soporte de las actividades productivas
de la economía nacional desconociéndose así que nuestros ecosistemas tienen
una capacidad de recilencia limitada ante la cantidad de Glifosato que
se esparcirá, de continuar esta política.
6.1.2 Auditoría Ambiental
En cuanto al control
ambiental que se previó en las resoluciones internas del Consejo Nacional
de Estupefacientes, y evaluada la información sobre la Auditoría Ambiental
contratada por la Dirección Nacional de Estupefacientes, podemos hacer
las siguientes precisiones:
Para las labores
de control y supervisión de la técnica y correcta ejecución de la estrategia
de erradicación se verificaron 8 contratos, con un costo total de $1.047.962.210,
a pesos de 2000, para un total de 60,5 meses, con una variación entre
$3 y 38 millones mensuales en promedio por contrato, sin una adecuada
explicación de los criterios para la remuneración de estas actividades.
No obstante el alto
costo que esto representó no fueron mayores los beneficios obtenidos,
dado que no se cumplieron a cabalidad los compromisos adquiridos conducentes
a la determinación de la sostenibilidad ambiental de la aplicación de
la política. En general la auditoría se constituyó en una verificación
operativa de la fumigación en donde no se hicieron los seguimientos sobre
los efectos generados, no se tomaron la medidas de protección, prevención
y mitigación de los mismos, ni se realizaron las georefenciaciones que
permitirían el cumplimiento del procedimiento establecido por el Consejo
Nacional de Estupefacientes.
De otro lado, analizados
los expedientes, y dado que la DNE no respondió a los requerimientos de
información adicionales realizados por la Contraloría, los contratos no
han cumplido con las formalidades establecidas, tanto en la Ley 80 de
1993 como en el texto de los mismos, relacionados con: Informes de supervisión,
certificaciones de cumplimiento de los objetivos y actas de liquidación;
no obstante ser requisitos para realizar los respectivos pagos de acuerdo
con lo establecido en el artículo 14 de la mencionada ley de contratación;
ni los informes finales de cada contrato; los términos de referencia ni
las propuestas de los Interesados en la contratación o en particular del
Auditor contratado, salvo contadas excepciones. Uno de los contratos fue
adicionado por el 60% del valor, lo cual implica una clara contravención
al Art. 40 de la ley 80 de 1993.
Desde 1992, año en
el cual se inicia la contratación de la auditoría ambiental por parte
de la DNE, los contratos se suscribieron con la misma persona, a excepción
del último contrato y orden de servicio (junio de 2000) presentando continuidad
en el tiempo, lo cual ocasionaría, eventualmente, el pago de prestaciones
para el Auditor, en consideración a la jurisprudencia establecida en la
Sentencia C-154/97 de la Corte Constitucional.
El desarrollo de
la Auditoria contratada no advirtió sobre el incumplimiento flagrante
de la normatividad y las disposiciones ambientales vigentes; no realizó
las actividades y tareas necesarias y suficientes para poder establecer
la magnitud de los efectos sociales, ambientales y económicos resultantes
de la ejecución de la estrategia de erradicación, ni antes ni después
de su aplicación.
Más aún, siendo uno
de los objetivos de una auditoria ambiental establecer los Impactos generados
por las actividades que afecten el medio ambiente y evaluar las medidas
empleadas para controlarlas, hecho claramente especificado en los objetos
de los contratos, en los expedientes no aparecen los informes respectivos,
lo que significa que después de 9 años de estar aplicando masivamente
herbicidas a nuestros ecosistemas, no se tiene certeza de los impactos
que se están ocasionando en el medio físico, social y económico, a pesar
de presentar registros fotográficos que evidencian algunos daños a la
flora en general y a cultivos de pancoger como maíz, caucho, plátano,
entre otros. Tampoco advirtió sobre la violación de los derechos fundamentales
dada la fumigación que sobre las personas se está realizando, de acuerdo
con las denuncias de la Defensoría del Pueblo. 1
La naturaleza genérica
de las observaciones sobre los efectos de la aplicación de Glifosato,
independientemente de la zona que este evaluando, dificulta la diferenciación
de los efectos ocasionados en los ecosistemas de las regiones objeto de
las fumigaciones. Este aspecto es coherente con el hecho que el auditor
no hizo el levantamiento de una línea base previa a la erradicación según
se había pactado en los contratos. Como parte fundamental de dicha evaluación
ambiental se estableció determinar la magnitud de la deforestación lo
cual tampoco se realizó.
De igual forma, en
los informes de auditoria no se evidencia la definición técnica del tratamiento
seleccionado para la destrucción de los cultivos ilícitos (manual, mecánico
o químico) de acuerdo con una comparación dé la eficiencia, rendimiento
y menor impacto ambiental ocasionado, y específicamente con base en las
particularidades de cada región biogeográfica.
En concordancia con
lo anterior, no se encontró estudio alguno sobre el establecimiento del
método más eficiente de erradicación o destrucción de los cultivos ilícitos
(manual, mecánico y químico); ni sobre la toma de muestras descritas en
la etapa 1, de uno de los contratos, al igual que no se menciona en los
documentos existentes, lo referente a la realización del reconocimiento
de equipos. Tampoco se evidencia que se hayan evaluado alternativas, valoración
con otros productos químicos y el análisis de eficiencia con guadañadoras
lo cual era parte integral del ensayo piloto (etapa II).
Tampoco se registran
claramente las especificaciones técnicas sobre la calibración de las boquillas
en la descarga efectiva de mezcla y dosis de Glifosato (galones ¡ hectáreas)
a los cultivos ilícitos. Continuamente los informes señalan que el mantenimiento
de las boquillas, después de la aspersión, presentan fallas en los bay-pass,
empaques y bombas y su limpieza es deficiente, no se realiza con relación
a las necesidades de los equipos, hecho que significa que sus observaciones
no se han tenido en cuenta por parte de las personas encargadas de coordinar
la aspersión.
La consecuencia mas
relevante del incumplimiento de los objetivos de la auditoria ambiental,
se ven reflejados en la no aprobación del Plan de Manejo Ambiental por
parte del Ministerio del Medio Ambiente, pues de hecho algunos de los
requerimientos de información establecidos en los términos de referencia,
respondían de alguna manera a los objetivos pactados en los diferentes
contratos suscritos.
Dadas estas consideraciones
la auditoría ambiental que se desarrolle en virtud de
la estrategia
de erradicación química, debe ser una tarea independiente, científica,
técnica que permita contribuir eficazmente a la protección, prevención,
mitigación y compensación ambiental.
6.2 COORDINACIÓN
DE LA POLITICA
De otro lado, se
evidencia la falta de coordinación presente en la ejecución de la estrategia
de erradicación química, con hechos reincidentes como los sucedidos
en la bota
caucana donde se fumigó un proyecto que promueve la Agencia Alemana de
Cooperación -GTZ- y la Red de Solidaridad Social —RSS- en diciembre de
2000 en el Departamento de Putumayo, en donde ante fumigaciones masivas
[El programa de fumigación del Plan Colombia en su primera etapa, en el
periodo mencionado. Incluyó una aspersión de 28.328 hectáreas es decir
un área equivalente al 55% de lo fumigado el año 99.] e indiscriminadas,
realizadas entre el 22 de diciembre de 2000 y el 3 de febrero de 2001
se vieron afectados 11 [Esta verificación la realizó la Defensoría del
pueblo mediante quejas presentadas por la comunidad y las autoridades
locales principalmente del valle del Guamúes, Orito y San Miguel, sobre
los daños e impactos ambientales causados a cultivos lícitos, proyectos
alternativos y sobre los ecosistemas las cuales dieron origen a la resolución
defensorial No. 4 del 12 de febrero de 001, que tuvo como base el Informe
defensorial No. 1 del 9 de febrero del mismo año que recoge los resultados
de la visita de verificación realizada por dicha entidad.] proyectos financiados
con recursos nacionales e internacionales tales como el Plan Nacional
de Desarrollo Alternativo, Plante, Corpoamazonía, Red de Solidaridad Social,
ECOPETROL, algunas Alcaldías Municipales, Umatas, y agencias de Naciones
Unidas, son muestra de ello.
En efecto, una vez
se presentó el primer caso (Bota Caucana) se definió, al interior del
Consejo Nacional de Estupefacientes, el 5 de diciembre de 2000, un procedimiento
en el marco de lo dispuesto en el párrafo del articulo 3 de la resolución
005 de 2000, el cual preveía una serie de etapas y la elaboración de estrategias
diferenciales de aplicación del programa de erradicación y sustitución
de cultivos a través de la focalización específica de zonas para establecer
los procedimientos y determinar las zonas de exclusión del programa, definiendo
tales zonas como aquellas que se delimiten geográficamente, previa y completamente
y que sea beneficiaria de proyectos alternativos a los cultivos ilícitos,
bajo programas de gobierno y/o cooperación internacional, los cuales estén
debidamente financiados. Pese a lo anterior la erradicación forzosa en
el Putumayo se adelantó el 22 de diciembre, fecha en la cual no se hablan
surtido las etapas establecidas. Es decir no se contaba con un mapa general,
no se había realizado la reunión de coordinación, ni se había adelantado
la referenciación geográfica de los proyectos en ese departamento. Lo
anterior evidencia una vez más la descoordinación por parte de las entidades
comprometidas, y el incumplimiento de las normas y pautas establecidas
por ellas mismas.
La falta de coordinación
interinstitucional que existe en la ejecución de esta política es evidente
y adicionalmente a los impactos ambientales (aún no cuantificados) y sobre
la salud humana de la población afectada (aún no establecidos por las
autoridades sanitarias responsables), se configura un presunto detrimento
patrimonial representado en el monto de los daños causados a las inversiones
realizadas por las distintas entidades públicas mencionadas: PLANTE, CORPOAMAZONIA,
ECOPETROL, RSS, etc, generados como consecuencia de la fumigación iniciada
el 22 de diciembre sin el cumplimiento de lo establecido por el Consejo
Nacional de Estupefacientes a comienzos del mismo mes y dirigidas a establecer
y georeferenciar los proyectos de desarrollo alternativo y/o de cooperación
internacional, tal como lo estableció la Defensoría del Pueblo y ratificó
a la Contraloría General de la República mediante oficio remitido por
el Plante y la Alcaldía del Municipio de La Hormiga.
Igual sucede con
la coordinación entre las diferentes estrategias planteadas en el plan
de lucha contra las drogas. Se propone articular a la población afectada
por los cultivos de uso no licito en la construcción de alternativas sociales
y económicas lícitas generando soluciones favorables para el proceso de
paz en Colombia, sin embargo, en la mayoría de los casos, es sólo después
que se realiza la fumigación y se presentan los levantamientos campesinos,
que las instituciones encargadas de dicho componente, se hacen presentes
para ofrecer alternativas a las familias que han visto afectados sus cultivos.
En efecto, aunque en muchas oportunidades los cultivos ilícitos son mezclados
con cultivos de pancoger con el propósito de mimetizar los primeros, no
es menos cierto que se han realizado fumigaciones a cultivos en los que
no había presencia de cocales, tal como lo señalan las múltiples denuncias
recogidas por la Defensoría del Pueblo y constatado por la Contraloría
General en reciente visita de campo en zonas objeto de fumigación.
Las alternativas
deben ser planteadas previamente a la aplicación de la erradicación forzosa
para que sean verdaderamente una alternativa de sustitución de cultivos
y para que no generen los impactos sociales, económicos y ambientales
que actualmente se presentan. Lo anterior debe tenerse en cuenta debido
al carácter de subsistencia de este cultivo de USO no licito en gran parte
de la economía campesina, inmersa en esta actividad dado los bajos rendimientos
de los cultivos tradicionales, agravada a partir de la política de apertura
económica y de mercados establecida en la década del 90.
En consecuencia,
del análisis de cada una de las deficiencia presentadas en los apartes
anteriores podemos concluir que el plan nacional de lucha contra las drogas
no ha logrado Integrarse ni coordinarse adecuadamente con las demás políticas
sectoriales y en consecuencia esta afectando los proyectos que el mismo
estado brinda como alternativas.
6.3 DESARROLLO ALTERNATIVO
Desde el punto de
vista ambiental, las opciones que se le ofrecen al productor de coca para
sustituir sus cultivos, no son ambientalmente sostenibles dadas sus características
impactes al recurso: de un lado en las áreas en donde se cultiva la coca
no es de vocación agrícola y no se ofrece una alternativa de reubicación,
de otro, son monocultivos que convierten el ecosistema en un agroecosistema
e implican la desaparición de especies no compatibles con el cultivo,
con uso intensivo de insumos en algunos casos y en otros son proyectos
de ganadería.
De igual forma, las
alternativas productivas que se han ofrecido a los cultivos no han tenido
los resultados esperados primero, porque los cultivos lícitos alternativos
no han tenido la comercialización garantizada; en muchas regiones se sembró
café como posibilidad de sustitución, justo cuando éste entraba en crisis.
Segundo, porque de los créditos ofrecidos solo se ha adjudicado un porcentaje
mínimo; por ejemplo, para el año 1996 en el Meta, los campesinos hicieron
cerca de 5000 solicitudes de crédito y el Plante solo pudo atender 127.
[GUERRERO (1996)] Tercero, porque se han dado casos de fumigaciones aéreas
con Glifosato sobre cultivos establecidos bajo el programa. [CEDE-UNIANDES
(2000)]
La inclusión del
componente ambiental en la formulación de los proyectos PLANTE es marginal
y la elaboración de las fichas de identificación de proyectos del Departamento
Nacional de Planeación (fichas EBI) que no logran recoger aspectos importantes
como los permisos ambientales; no se definen claramente los objetivos
y no se establecen alternativas (no se realiza el análisis básico de "sin
proyecto") para la solución del problema. [CEDE-UNIANDES (2000)]
De otra parte, los
funcionarios, en general, tienen poca capacitación e interés en el tema
ambiental y en la medida en que no se han desarrollado propuestas tecnológicas
alternativas y se desconocen los sistemas de producción locales, se generan
incompatibilidades en la asistencia técnica, imposibilitando la transferencia
y el diálogo de saberes, lo que se traduce en la imposición de paquetes
tecnológicos claramente inconvenientes, según la evidencia empírica. [ibidem.]
Otro de los problemas
que tienen los proyectos de sustitución es el desarrollo de la ganadería,
actividad que es manejada por los campesinos, pero que implica la potrerización
de los suelos frágiles como los de la Amazonía con efectos ambientales
graves. El sustituir la selva por potreros para ganado a través de la
erradicación de la coca, es una contribución directa a la pérdida de biodiversidad.
[No obstante los peligros que implica la adopción de la ganadería en estas
zonas, existen algunas experiencias positivas. Ver CEDE-UNIANDES (2000)]
Finalmente, los escasos
recursos económicos que hasta el momento han sido asignados a los proyectos
del Plan y especialmente a aquellos de carácter ambiental, así como la
falta de articulación del PLANTE a una política macroeconómica y de reforma
agraria, han impedido obtener, por esta vía, resultados más eficientes
en el control y erradicación de los cultivos ilícitos. El incumplimiento
de las expectativas generadas por los proyectos de sustitución y el control
de los precursores, condujeron a protestas y movimientos campesinos, que
ocurren cíclicamente desde mediados de los 90, se han controlado con medidas
prohibicionistas y represivas que han generando y mantenido los conocidos
eventos de violencia en las regiones productoras.
6.4 RESULTADOS DE
LA POLÍTICA
El incremento absoluto
del área sembrada en cultivos ilícitos indica que no se han cumplido los
objetivos trazados y por lo tanto que la estrategia implementada ha sido
ineficaz pese haberse incrementado de manera sustancial la superficie
de cultivos asperjados con herbicidas.
En la Tabla No. 1,
se presentó la dinámica del área sembrada en cultivos de uso no licito
la cual muestra una tendencia creciente a lo largo del período. Aunque
la erradicación química masiva se inicia hacia 1995 con un área fumigada
del 49.94% del total cultivada la cual, se acentúa en 1998 con un 88.43%,
los resultados durante este periodo ( 1994 — 1998 ), no fueron los esperados.
En términos absolutos, el área de cultivo casi se duplico al pasar de
45.000 en 1994 a 78.200 en 1998. El caso es mas grave si analizamos el
resultado en el año 2000 en donde según los últimos informes presentados
por la DNE las hectáreas cultivadas ascienden a 163,000. No significa
lo anterior que las autoridades encargadas de ejecutar la estrategia de
erradicación no hayan realizado su gestión, sino por el contrario, que
ante la magnitud del esfuerzo realizado, tanto financiero, logístico,
operativo como en vidas de los miembros de la fuerza pública sacrificados,
no se han logrado las metas y los objetivos propuestos en las diferentes
estrategias implementadas para la erradicación de cultivos ilícitos.
De hecho si analizamos
los datos por departamento, Tabla No. 16, se infiere que el resultado
de la erradicación química ha sido la relocalización de los cultivos en
los diferentes departamentos afectados, hecho que explica el incremento
de área en unos y la disminución en otros. Es así como mientras en el
Guaviare hubo una disminución de 19.300 has, paralelamente el área con
cultivos de coca en el Putumayo, presentó un Incremento entre 1994-1998
de 25.100 has, al Igual que surge desde 1998 una nueva reglón de producción
como lo es el Catatumbo en el Norte de Santander cón 7000 has,. Comportamientos
similares se reportaron en los otros departamentos.
Tabla No. 16 Hectáreas
Estimadas de Cultivos de Coca Por Departamentos 1991-1999
Dpto.
|
1991
|
1992
|
1993
|
1994
|
1995
|
1996
|
1997
|
1998
|
1999
|
Guaviare
|
21.400
|
22.900
|
24.100
|
26.300
|
28.700
|
38.600
|
29.00
|
7.000
|
8.200
|
Caquetá
|
8.600
|
8.400
|
9.300
|
11.700
|
15.600
|
21.600
|
31.500
|
24.000
|
6.800
|
Putumayo
|
2.200
|
2.400
|
4.000
|
5.000
|
6.600
|
7.000
|
19.000
|
30.100
|
56.800
|
Sur
de Bolívar
|
5.300
|
3.400
|
2.300
|
2.000
|
3.500
|
6.500
|
|
|
|
Norte
de Santander
|
|
|
|
|
|
|
|
7.000
|
7.800
|
Otros
|
5.300
|
3.400
|
2.300
|
2.000
|
|
|
|
6.600
|
17.400
|
TOTAL
|
37.500
|
37.100
|
39.700
|
45.000
|
50.900
|
67.200
|
79.500
|
78.200
|
103.500
|
Fuente: "Cultivos
ilícitos, erradicación e impacto ambiental". D.N.E., junio de 2000.
Estos resultados
nos invitan a hacer un análisis mas juicioso sobre cuál debería ser la
estrategia que permitirá superar el problema estructural que ha perpetuado
la existencia de este tipo de actividad económica.
6.5 IMPACTOS DE LA
POLÍTICA
La erradicación química
por aspersión esta generando impactos ambientales, económicos y sociales.
En el primer capítulo
de este documento solamente se analizaron los efectos que genera la instalación
de cultivos de uso no licito y la producción de narcóticos, sin embargo
no tuvimos en cuenta los generados por su erradicación que igualmente
genera impactos.
Se considera que
cada año 200.000 galones de herbicidas son usados en estos cultivos, afectando
peligrosamente el equilibrio de los ecosistemas, si a esto le adicionamos
los 105.545 galones que en promedio, se han asperjado al ambiente especialmente
en la zona andina y en los departamentos de Guaviare, Putumayo y Caquetá
desde 1994 hasta el año 2000 por efectos de la fumigación, significa que
la aplicación de la política también está contribuyendo al deterioro de
nuestros ecosistemas. Está suficientemente validado por el sistema de
ciencia y tecnología de nuestro país que el uso intensivo de herbicidas,
plaguicidas y fertilizantes ocasionan un proceso contaminador y desestabilizador
del equilibrio ecológico, aunque de una magnitud desconocida, independientemente
de la fuente que proceda es decir el aplicado por el productor o por el
Estado.
No obstante se justifique
el uso del herbicida (Glifosato) por su solubilidad en agua y su corta
persistencia, los desequilibrios inmediatos se generan en el recurso suelo
y se relacionan con la perdida de microorganismos descomponedores e incorporadores
de materia orgánica al ciclo de nutrientes; sin embargo al tener en cuenta
la interrelación de estos organismos en los ecosistemas, no se puede argumentar
que sus efectos se limiten al suelo debido a que ellos se biomagnifican
dentro de la cadena trófica a la cual están integrados. Adicional a esto,
en el proceso de fumigación aérea se presenta el efecto de la "deriva",
es decir, las desviaciones de las fumigaciones por efecto del viento y
la velocidad misma de las aeronaves. Se estima que el Glifosato puede
afectar especies vegetales ubicadas a más de 800 m [NIVIA, Elsa. Efectos
sobre la salud y el ambiente de herbicidas que contienen Glifosato.] del
sitio especifico de aspersión, [NIVIA, Elsa (1999) p.5] lo que ha causado
que, en muchos casos, se afecten cultivos lícitos de pancoger e incluso
cultivos establecidos mediante el programa presidencial del PNDA [DEFENSORIA
DEL PUEBLO (2000) p.97, 122], y los diferentes ecosistemas circundantes
a las plantaciones.
Este efecto deriva
es el resultado de la conjugación de diferentes variables técnicas y meteorológicas
lo que hace a esta estrategia como altamente susceptible a error. Factores
como la altura de aspersión, la velocidad y dirección del viento y la
humedad relativa, son difícilmente controlables lo que afecta la precisión
en las fumigaciones.
Las fuentes de agua
y el recurso suelo también están siendo contaminadas por las prácticas
de destrucción e Incineración in Situ que las Instituciones de Defensa
y Control del Estado en los últimos 6 años han realizado con cerca de
11.494.972 kilogramos de sólidos y 11.137.788 galones de Insumos líquidos,
además de la destrucción, hasta septiembre de 1999, de 164 laboratorios
especialmente en la selva de la cuenca amazónica por parte del Batallón
No. 1. Otra fuente de contaminación son los envases plásticos y canecas
metálicas utilizadas y dejadas a la intemperie, puesto que se constituyen
en desechos peligrosos. Esto refleja que no se están cumpliendo tampoco
los protocolos sobre disposición de insumos incautados.
Si a estas prácticas
le sumamos la ausencia de un sistema técnico de almacenamiento (se encuentran
distribuidos en el temtono nacional) de estas sustancias peligrosas y
de un inventario detallado actualizado, avaluado, donde conste fecha o
tiempo de vencimiento y periodo de depósito los impactos pueden ser aún
mayores.
De otro lado, el
asunto de redistribución de las áreas cultivadas por efectos de la erradicación
química también está contribuyendo a los procesos de deforestación. En
efecto, sí al productor no se le ofrece una alternativa que le permita
el mejoramiento de su calidad de vida y la inserción al proceso de desarrollo
económico del país, le será indiferente producir en el Guaviare o en el
Putumayo lo que conlleva a nuevas colonizaciones con sus consecuente deforestación,
quemas y alteración de las cadenas biológicas, no de otra manera se explica
que, como ya se señaló, pese a la creciente fumigación de miles de hectáreas
de cultivos ilícitos, su área neta siga creciendo.
De acuerdo con lo
manifestado por los responsables de la ejecución de la política de erradicación,
no existe certeza científica sobre los efectos en la salud humana, sin
embargo, se encuentra literatura sobre los efectos en la salud de las
personas, en la que se reporta que el Glifosato por inhalación causa irritación
a la nariz y garganta; es irritante de la piel; además, por vía oral puede
producir náuseas, vómito, dolor abdominal, y epigastralgia. En este sentido
la Directora Ejecutiva de Rapalmira, ha manifestado que a la agricultura
se aplica el producto comercial llamado Roundup, que además de su ingrediente
activo Glifosato contiene 15% del surfactante polioxietilenoamina (POEA),
el cual tiene una dosis letal media oral en ratas más de tres veces mayor
que la del Glifosato, causando daño gastrointestinal y al sistema nervioso
central, problemas respiratorios y destrucción de glóbulos rojos en humanos,
y está contaminado con 1,4 —dioxano al igual que señala que en varios
países este herbicida esta considerado entre los primeros plaguicidas
que causan incidentes de envenenamiento en humanos, la mayoría de estos
han irritaciones dermales y oculares en trabajadores después de la exposición.
Las formulaciones de Glifosato son una de las principales causas de problemas
dermales de trabajadores agrícolas en California, en este mismo estado
Norteamericano, en 1986, el Glifosato ocupo el cuarto lugar entre 143
plaguicidas, en el número de accidentes reportados. ["Impactos de
las fumigaciones en zonas de cultivos," Elsa Nivia] Un estudio realizado
en 1993 por la escuela, de salud pública de Berkeley en la Universidad
de California demuestra que Glifosato es la causa principal delas enfermedades
asociadas a los pesticidas entre los jardineros y la tercera causa entre
los jardineros. [Revista de Ecologist Vol. 28 No. 5, pág. 25]
Igualmente, el Ministerio
de Salud, en 1981, cuando se presentaron las primeras fumigaciones en
cultivos de marihuana, prohibió su empleo argumentando que los herbicidas
son agresores ecológicos y tóxicos para el hombre. En ese mismo sentido,
el Comité de expertos en herbicidas reunido por el Ministerio de Salud
en 1986 también manifestó al respecto que: "no se deben utilizar
los herbicidas paracuat, 2,4-D y Glifosato en la fumigación aérea para
la erradicación química de cultivos ilícitos". Igualmente existen
denuncias realizadas por la comunidad ante la Defensoría del Pueblo, en
donde las fumigaciones se han hecho indiscriminadamente sobre cultivos
y personas, quienes manifiestan que han presentado síntomas de nauseas,
vómito, diarrea y ardor en ojos, piel y garganta una vez realizada la
fumigación, los que coinciden con lo reportado en la literatura y es congruente
con la posición del Ministerio.
Sin embargo, dadas
las diferencias conceptuales presentadas a este respecto entre estas instituciones
estatales y con la fumigación masiva realizada, no hay por parte de las
autoridades de salud medidas de prevención de las posibles afectaciones
ni tampoco estudios para establecer correlaciones entre las quejas presentadas
por la comunidad y la aplicación del herbicida. Por lo tanto, la CGR hace
un llamado urgente al Ministerio de Salud como miembro del Comité Técnico
Asesor para que tome las medidas necesarias conducentes a establecer las
afectaciones y su prevención.
No obstante lo anterior,
se discute sobre el tipo y la magnitud de sus efectos, tanto en los ecosistemas
como en la salud humana, así como se cuestiona reiteradamente la composición
real de la sustancia asperjada, lo que aunado a una carencia de control
por la autoridad alguna implica un gran riesgo tanto para los ecosistemas
como para las comunidades afectadas por la fumigación. En este escenario
de incertidumbre la CGR requiere al Ministerio del Medio Ambiente para
que en aplicación del principio de precaución, establecido en la ley 99
de 1993, ordene la suspensión de la erradicación química por aspersión
hasta tanto no se definan las implicaciones ambientales, sociales y económicas
de la ejecución de dicha política.
Es de anotar que
la verificación de la ineficacia de la fumigación en la medida que no
ha cumplido con los objetivos previstos de disminuir el área instalada
con estos cultivos, aunado a los altos costos sociales, ambientales y
económicos generados, han llevado a la formulación de mecanismos como
el uso de micoherbicidas para la llamada guerra contra las drogas.
Recientemente se
ha hablado del F. oxysporum como posible "controlador", los
partidarios de su uso argumentan la especificidad del hongo como su mayor
atributo, en la medida que afecta sólo a la especie vegetal objeto de
su acción evitando así mayores impactos y haciendo más segura la erradicación
de la coca. Las reacciones suscitadas por tal posibilidad provinieron
de los mas variados sectores de la sociedad, entre ellos la academia.
En general, los cuestionamientos
realizados se ocuparon de refutar dicha especificidad soportándose en
diferentes estudios e investigaciones que demuestran la posibilidad de
mutación del hongo, así como de intercambio genético por cruces con otras
variedades del mismo género (.Kim, D.H., Marym, R.D., Magilí, C.W., 1993.
en The American Phytopathological Society, Vol. 83 No. 1) lo que es posible
debido a la existencia de una gran variedad de formas especiales altamente
correlacionadas entre si. Otros autores señalan que aún cuando existan
pruebas de la especificidad del hongo, éstas se han realizado en invernaderos
con condiciones muy controladas, situación que puede variar en campo abierto,
con factores ambientales cambiantes (Valencia, H., en
Memorias...2000).
Otro elemento critico
resulta de la imposibilidad de garantizar la no dispersión del hongo a
otros habitats diferentes al de su aplicación (Hernández, F. 2000).
Ante estas posibilidades,
diversos investigadores coinciden en advertir las impredecibles consecuencias
de la agregación de organismos en los ecosistemas más aún cuando son foráneos,
la bio-magnificación de sus efectos al considerar la modificación que
generan, y los altos riesgos para la biodiversidad y equilibrio de los
hábitat.
Aunque se ha argumentado
que el uso de este hongo no afecta a seres humanos o animales y cultivos
distinto al de la coca, se debe tener en cuenta que no se han realizado
estudios específicos para verificar la toxicidad de este hongo en seres
humanos y animales. Más aún, diversos autores han verificado una alta
patogenicidad sobre los seres humanos, determinando la evolución de diferentes
patologías, como oncomicosis, queratitis, endoftalmitis, artritis y micetomas
afectando especialmente a individuos inmunodeprimidos (Rabodonírina et
al, ), condición común en personas desnutridas o enfermas. Algunas de
estas enfermedades presentan índices de mortalidad del 70%.
Igualmente, estudios
han revelado la producción de fumonisinas, toxinas producidas por variedades
de éste hongo en alimentos utilizados para animales, y asociadas a estas
enfermedades en grupos de equinos, porcinos y seres humanos (Riley et
al).
Ante la gran cantidad
de dudas e interrogantes planteados acerca de esta posibilidad las autoridades
ambientales encabezadas por el Sr. Ministro del Medio Ambiente, han manifestado
su negativa a la aplicación de esta estrategia pero no han cerrado la
posibilidad de la utilización de variedades nativas de biocontroladores
para la eliminación de los cultivos de coca.
Sin embargo, esta
posición denota una comprensión insuficiente e inadecuada del problema
planteado. Es un avance reconocer el riesgo del uso de organismos introducidos
a los ecosistemas, pero reducir el problema al uso de especies nativas
implica ignorar los riesgos inherentes a la bio-experimentación y bio-
manipulación, los Interrogantes planteados subsisten aun cuando se trate
de especies nativas.
Cabe resaltar que
aun en medios experimentales altamente controlados es difícil asegurar
la especificidad y dispersión de los mico-herbicidas, lo que hace muy
válido cuestionar la manipulación de ecosistemas abiertos objeto de tales
bio- ensayos.
7 CONCLUSIONES Y
RECOMENDACIONES
Al realizar un análisis
de los antecedentes de la formulación de la política de erradicación,
se encuentra que en su planeación no se contó con una adecuada participación
de los distintos sectores de la sociedad, ni de la academia, ni de aquellos
objeto de la misma, ni tampoco se recogieron las experiencias adquiridas
desde su inicio. Tras 17 años de ejecución se continúan repitiendo los
mismos errores, entre los cuales encontramos que no se prevé un adecuado
sistema de control lo que ha derivado en un incumplimiento de la normatividad
ambiental por parte de las autoridades responsables en sus diferentes
aspectos, así como un alto grado de ineficiencia y descoordinación entre
las distintas entidades del estado. En consecuencia el plan nacional de
lucha contra las drogas se ha convertido en una suprapolítica que no se
íntegra ni coordina con las demás políticas sectoriales.
Los resultados de
esta ausencia de gestión han sido altos costos en materia ambiental, social
y económica. El Incremento absoluto del área sembrada en cultivos ilícitos
indican que no se ha cumplido los objetivos trazados y por lo tanto que
la estrategia Implementada ha sido Ineficaz pese haberse Incrementado
de manera sustancial la superficie de cultivos asperjados con herbicidas.
Tras la verificación
de todas las evidencias anteriores y de acuerdo con un criterio de equidad
y responsabilidad observamos que es necesario y urgente un cambio en la
estrategia de erradicación química de cultivos de uso no licito que contemple:
suspender la fumigación con herbicidas y la implementación de una estrategia
alternativa integral y coordinada cuyos criterios deben ser, entre otros:
voluntaria, manual, concertada y gradual.
Es indispensable
que esa estrategia incluya un verdadero y real plan de desarrollo que
involucre a todos los sectores de la sociedad (campesinos, colonos, etnias)
y tenga en cuenta sus necesidades y expectativas; que ataque las causas
estructurales históricas que dieron origen al establecimiento de este
tipo de economías y que ofrezca las condiciones propicias para alcanzar
un auténtico desarrollo cultural y social, ambientalmente sustentable
y económicamente equitativo. Para esto es Inaplazable abordar, entre otros,
la problemática originada por la desigual distribución de la tierra en
las zonas agrícolas tradicionales, acompañada de un plan de ordenamiento
territorial como instrumento de planificación y uso adecuado del territorio
y de los recursos.
Debido a los altos
costos ambientales, sociales y económicos de la actual estrategia, la
CGR sugiere la conformación de una veeduría internacional para que realmente
verifique y evalúe permanentemente la ejecución de estas políticas como
lo sugiere la Resolución Defensorial No. 04 de febrero de 2001.
De igual manera,
y dados los resultados de su gestión, y tal como lo ordena el Ministerio
del Medio Ambiente, se contrate una verdadera auditoria ambiental técnica
y por sobre todo independiente para que cumpla realmente su misión y objetivos
y se enmarque dentro de unos mínimos técnicos científicos requeridos acordes
con la dimensión y trascendencia de la aplicación de este tipo de políticas.
Podemos decir también
que dentro de un marco internacional se violan algunos acuerdos adoptados
en escenarios como las naciones unidas que han avanzado en la adopción
de criterios como el de la responsabilidad compartida, esto en el sentido
de que es insuficiente atacar el lado de la oferta sin también adelantar
un trabajo conjunto que integre el lado de la demanda en la búsqueda de
la solución global de la problemática. Lo anterior ha derivado en que
se adjudica la responsabilidad exclusiva de la problemática de las drogas
en los países productores y de tránsito de los estupefacientes, sin tener
en cuenta que debido a la existencia de una demanda de tales sustancias
las economías empobrecidas se convierten en caldo de cultivo idóneos para
el auge de este mercado.
Como resultado de
este inequitativa carga de responsabilidades son los países productores
y de transito los que terminan acarreando los costos y las consecuencias
de la lucha contra la economía ilegal derivada del narcotráfico.
8 BIBLIOGRAFIA
"Criminalidad
1999", Centro de Investigaciones Criminológicas, Policía Nacional,
Bogotá 1999.
"Fumigación
y conflicto, política antidroga y deslegitimación del Estado en Colombia"
Ricardo Vargas Meza, Tercer Mundo editores, Bogotá 1999.
"Informes mensuales,
Auditoria Ambiental" Ing. Luis Eduardo Parras Rodríguez. Bogotá
"Informes mensuales,
Auditoria Ambiental" Ing. Jairo Ernesto Pérez Ruiz. Bogotá
"Informes Cultivos
Ilícitos, erradicación e impactos Ambientales" Dirección Nacional
de Estupefacientes, Bogotá año 2000.
te Lucha de Colombia
contra las Drogas Ilícitas. Acciones y Resultados en 1999. Dirección Nacional
De Estupefacientes.2000 Bogotá D.C.
"Los Cultivos
Ilícitos, Política Mundial y Realidad en Colombia" Defensoría del
Pueblo, edición, Bogotá agosto 2000.
"Plan Nacional
de Lucha Contra las Drogas, Colombia 1998-2002" Dirección Nacional
de Estupefacientes, Bogotá año 1999
"Revista COLOQUIO",
número 1, Dirección Nacional de Estupefacientes, Articulo:
"Algunas consideraciones
sobre las extensiones de los cultivos de coca en Colombia" Sergio
Uribe Ramírez, Bogotá Septiembre de 1996.
"Revista COLOQUIO",
número 3, Dirección Nacional de Estupefacientes, Articulo:
"Impacto Ambiental
de los cultivos ilícitos en Colombia"x Luis Eduardo Parra Rodríguez,
Bogotá marzo de 1997.