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Last Updated:2/22/01
Comunicado del alto comisionado para la paz, Víctor G. Ricardo, 26 de febrero de 1999

Comunicado del alto comisionado para la paz, Víctor G. Ricardo a la opinión pública
Santafé de Bogotá, 26 de febrero de 1999.


El Alto Comisionado para la Paz Informa:

El Gobierno Nacional ha reiterado que el único propósito que tiene la decisión del señor Presidente de la República para establecer la Zona de Distensión en los municipios de Mesetas, Vista Hermosa, Uribe, San Vicente del Caguán y la Macarena, es establecer un escenario que permita llevar a cabo el proceso de diálogo que conduzca a una negociación con las Farc para la resolución del conflicto armado.

Esa Zona de Distensión, declarada con arreglo a lo establecido en la Ley 418 de 1997, supone exclusivamente el retiro temporal de los miembros de la Fuerza Pública de los referidos municipios, permaneciendo en ellos todas las demás autoridades e instituciones del Estado, así como la vigencia absoluta del ordenamiento jurídico del País.

Las Farc son plenamente conscientes de que el único alcance de la medida que ha sido adoptada es el retiro de los miembros de Instituciones Armadas, por un tiempo limitado, y han asumido expresamente el compromiso de respetar el ejercicio de la autoridad del Estado en la Zona de Distensión.

En este sentido, la salida obligada de la doctora Maritza Chavarro Anturi, Fiscal de San Vicente del Caguán, por imposición de las Farc, es un acto que no se puede admitir y el cual debe ser revisado de inmediato para que no se convierta en un obstáculo al proceso. Esta actitud es una conducta que no contribuye a los propósitos de la reconciliación nacional, menos aun cuando se dirige contra un funcionario encargado de la administración de justicia. Si la población considera que existe mala conducta o causa justificada para que un funcionario sea retirado o trasladado de su cargo, debe exponerlo así ante el Gobierno Nacional, para que éste lo transmita a la autoridad competente.

El Gobierno Nacional rechaza este comportamiento, insta a las Farc para dar solución al problema presentado, y que en lo sucesivo se abstengan de este tipo de acciones, que no sólo no las entiende la opinión pública sino que lesionan los derechos de una persona en particular, como a todos los habitantes de la región. La Zona de Distensión no configura autoridad de las Farc y en ese territorio impera y deberá seguir imperando el Estado de Derecho y la autoridad del Estado, a través de las autoridades Civiles, Municipales, Departamentales y Nacionales.

(Firmado)

Víctor G. Ricardo,
Alto Comisionado para la Paz.

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